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Sección: | XVII | Material de transporte |
Capítulo: | 87 | Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partes y accesorios |
Partida: | 8704 | Vehículos automóviles para el transporte de mercancías. |
SubPartida: | 870410 | - Volquetes automotores concebidos para utilizarlos fuera de la red de carreteras. |
Fracción: | 87041099 | Los demás. |
U. de Medida: Pza | Arancel | IVA | IVA F.F. | | |
Importación | 10* | 15 | 10 | | |
Exportación | Ex. | | | | |
RESTRICCIONES:
En Importación:
En Exportación:
ANEXOS:
Anexo 18: Requiere anotarse en el pedimento, en la factura, en el documento de embarque o en relación anexa, los datos que permitan la identificación, análisis y control de esta mercancía (R.G. 2.6.10.)
CUPOS:
Para Importar de:
Japón: Del 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008, vehículos nuevos, originarios y procedentes del Japón, con el arancel preferencial previsto en la Nota 25 de la Sección 3 del Anexo Idel Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica con el Japón (Acuerdo 28/III/2007). El cupo para el periodo del 1/abril/2006 al 31/marzo/2007, se publicó el 3/IV/2006. El cupo para el periodo del 1/abril/2005 y el 31/marzo/2006 se publicó el 1/IV/2005 con modificación del 4/IV/2007.
Comunidad Europea: Del 22 de diciembre de 2005 al 31 de diciembre de 2006, vehículos nuevos únicamente con peso vehícular menor a 8,864 kg., con el arancel preferencial previsto en el Art. 2.1 (iv) de la Sección C del Anexo II de la Decisión 2/2000 (Acuerdo 21/XII/2005). El cupo para 2005 se publicó el 29/XII/2004. El cupo para 2004 se publicó el 22/XII/2003. El cupo para 2003 se publicó el 13/XI/2002.
Para Exportar a:
Colombia: Durante el 2007, vehículos con peso bruto vehicular igual o menor a 8.8 ton., con el arancel preferencial establecido en el Art. 4-02, párrafo 1, inciso a) de la Decisión 42de la Comisión Administradora del Tratado, suscrita entre Colombia, Venezuela y México, publicada el 13/I/2006 (Acuerdo 28/XI/2006). Para el 2006 (vehículos nuevos con peso bruto vehicular igual o menor a 8.8 ton.), se publicó el 14/II/2006.
Colombia y Venezuela: Del 31 de enero al 31 de diciembre de 2005, vehículos automotores nuevos con peso bruto vehicular igual o menor a 8. 8 toneladas, originarios y provenientes de México, con el arancel preferencial establecido en el inciso a) del numeral 1 del Art. 3del Acuerdo de Complementación Económica No. 61 (Acuerdo 31/I/2005).
Comunidad Europea: Del 1 de enero de 2005 al 31 de diciembre de 2006, vehículos pesados clasificados en esta partida, que cumplan con la norma de origen establecida en el Apéndice II (a) del Anexo IIIde la Decisión 2/2000, con la concesión arancelaria establecida en el Anexo I (Acuerdo 29/XII/2004). El cupo para 2004 se publicó el 29/XII/2003. El cupo para 2003 se publicó el 31/XII/2002.
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
* Arancel aplicable a partir del 31 de diciembre de 2004 (Art. Primero DOF 30/XII/2004).
Nota 3: Del 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008, la importación de vehículos con peso bruto vehicular menor o igual a 7,257 Kg., originarios del Japón, estarán sujetos a un arancel preferencial del 13.1%. Ahora bien, siempre que se cuente con un certificado de cupo expedido por la SE, su importación estará exenta de arancel (Art. 6del Decreto que establece la Tasa aplicable del 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008 del IGI para las mercancías originarias del Japón, publicado el 27/XI/2006).
Nota 2: La importación de vehículos mayores a 5 tons., originarios de Guatemala, identificada con el código “NGU”,estará exenta de arancel del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007 (Art. 12del Decreto por el que se establece la Tasa aplicable para el 2007, del IGI para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras, publicado el 27/XI/2006)
Nota 1: La importación de los Tipo "Dumpers" con capacidad útil de carga hasta 30,000 Kg., originarios de Uruguay, estarán sujetos a la preferencia arancelaria del 100% (Art. 9 del Decreto por el que se establece la Tasa Aplicable del IGI para las mercancías originarias de Uruguay, publicado el 19/VII/2004)
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |