|
Sección: | XVI | Maquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos |
Capítulo: | 84 | Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos |
Partida: | 8471 | Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresadas ni comprendidas en otra parte. |
SubPartida: | 847160 | - Unidades de entrada o salida, aunque incluyan unidades de memoria en la misma envoltura (gabinete, carcasa). |
Fracción: | 84716012 | Lectores ópticos (scanners) y dispositivos lectores de tinta magnética. |
U. de Medida: Pza | Arancel | IVA | IVA F.F. | | |
Importación | Ex.* | 15 | 10 | | |
Exportación | Ex. | | | | |
RESTRICCIONES:
En Importación:
NOM-019-SCFI-1998, Capítulo 5 (Información Comercial) de la NOM-024-SCFI-1998,
En Exportación:
ANEXOS:
Anexo 18: Requiere anotarse en el pedimento, en la factura, en el documento de embarque o en relación anexa, los datos que permitan la identificación, análisis y control de esta mercancía (R.G. 2.6.10.)
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
* Arancel aplicable a partir del 11 de febrero de 2003 (Art. Primero Decreto DOF 10/II/2003).
La obligación de presentar el permiso previo de la SE quedó sin efectos a partir del 1 de enero de 2004, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 7 y Primero Transitorio del Acuerdo publicado el 15/XII/2003.
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |