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Sección: | XVII | Material de transporte |
Capítulo: | 87 | Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partes y accesorios |
Partida: | 8711 | Motocicletas (incluidos los ciclomotores) y velocípedos equipados con motor auxiliar, con "sidecar" o sin él; "sidecares". |
SubPartida: | 871130 | - Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 500 cm3. |
Fracción: | 87113099 | Los demás. |
U. de Medida: Pza | Arancel | IVA | IVA F.F. | | |
Importación | 20* | 15 | 10 | | |
Exportación | Ex. | | | | |
RESTRICCIONES:
En Importación:
En Exportación:
ANEXOS:
CUPOS:
Para Importar de:
Argentina: En el periodo del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de cada año, motociclos y velocípedos con motor auxiliar inferior a 550 C.C. únicamente para los que no se fabrican en México, originarios y provenientes de Argentina, con la preferencia arancelaria establecida en los Arts. primero y tercero del Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al ACE No. 6 (Acuerdo del 14/II/2007) (Circular G-046/2007).
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
Fracción Arancelaria creada mediante Decreto publicado el 26 de septiembre 2003.
En Importación:
* Arancel aplicable a partir del 31 de diciembre de 2004 (Art. Primero DOF 30/XII/2004).
Esta fracción arancelaria quedó eliminada, a partir del 1 de enero de 2005, del art. 6o.apartado A del Acuerdo por el que se establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía (Arts. 10 y Segundo Transitorio del Acuerdo que modificó al diverso por el que se establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de la SE, publicado el 15/XII/2003) (Circular T-847/2003)
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |