Sección:IVProductos de las industrias alimentarías; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados
Capítulo:24Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados
Partida:2401Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios de tabaco.
SubPartida:240110- Tabaco sin desvenar o desnervar.
Fracción: 24011099Los demás.
U. de Medida: Kg
Arancel
IVA
IVA F.F.
Importación
45
15
10
Exportación
Ex.
RESTRICCIONES:
En Importación:
Certificado Fitosanitario SAGARPA (El Certificado se expide conforme al Art. 8del Acuerdo, previo cumplimiento de la NOM o de la HRF), Permiso previo SE(Unicamente cuando sea originarios y procedentes de Argentina, Brasil, Cuba, Ecuador, Péru, Panamá o Paragua y se destinen a importación definitiva)(Los Criterios para otorgar el permiso previo se publicaron el 31/V/2006),

En Exportación:


ANEXOS:
Anexo 27: Su importación no está sujeta al pago del IVA (R.G. 5.2.13.)


CUPOS:
Para Importar de:

Para Exportar a:


OBSERVACIONES:
Generales:

En Importación:
Nota 4: La importación de esta mercancía, originaria de Nicaragua, estará sujeta al arancel preferencial que se indica, siempre y cuando se realice entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2007, y estará exenta de arancel a partir del 1 de julio de 2007 (Art. 4Tarifa 2002 Vigentedel Decreto por el que se establece la Tasa aplicable a partir del 1 de enero de 2007 del IGI para las mercancías originarias de la República de Nicaragua).

Nota 3: Tratándose de tabaco en rama originario de Honduras, identificado con el código “NHO”, su importación estará sujeta al arancel preferencial de 5.0, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007 (Art. 14Tarifa 2002 Vigentedel Decreto por el que se establece la Tasa aplicable para el 2007, del IGI para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras, publicada el 27/XI/2006)

Nota 2: Tratándose de tabaco en rama originario de Guatemala, identificados con el código “NGU”, su importación estará sujeta al arancel preferencial de 5.0, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007 ((Art. 12Tarifa 2002 Vigentedel Decreto por el que se establece la Tasa aplicable para el 2007, del IGI para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras, publicado el 27/XI/2006)

Nota 1: Tratándose de tabaco en rama, originario de El Salvador, identificado con el código “NSA”, su importación estará sujeta al arancel preferencial de 5.0, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007 (Art. 16Tarifa 2002 Vigentedel Decreto por el que se establece la Tasa aplicable para el 2007, del IGI para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras, publicado el 27/XI/2006).

En Exportación:

Tratados de Libre Comercio
E.U.A Tarifa2002
Canadá Tarifa2002
Colombia Tarifa2002
Venezuela Tarifa2002
Bolivia Tarifa2002
Costa Rica Tarifa2002
Ex.
Ex.
EXCL.
EXCL.
Ex
EXCL.
Nicaragua Tarifa2002
Israel Tarifa2002
Com. Europea Tarifa2002
Guatemala Tarifa2002
El Salvador Tarifa2002
Honduras Tarifa2002
2.2 Nota 4
EXCL.
Ex.
10.0 NGU Nota 2
10.0 NSA Nota 1
10.0 NHO Nota 3
Suiza Tarifa2002
Noruega Tarifa2002
Islandia Tarifa2002
Liechtenstein Tarifa2002
Chile Tarifa2002
Uruguay.Tarifa2002
EXCL.
EXCL.
EXCL.
Ex.
EXCL.
Japón Tarifa2002Tarifa2002
Ex.

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