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Sección: | XV | Metales comunes y manufacturas de estos metales |
Capítulo: | 72 | Fundición, hierro y acero |
Partida: | 7214 | Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado. |
SubPartida: | 721420 | - Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado. |
Fracción: | 72142001 | Varillas corrugadas o barras para armadura, para cemento u hormigón. |
U. de Medida: Kg | Arancel | IVA | IVA F.F. | | |
Importación | 7* | 15 | 10 | | |
Exportación | Ex. | | | | |
RESTRICCIONES:
En Importación:
Cuota Compensatoria (De Brasil),
En Exportación:
ANEXOS:
Anexo 10: Los contribuyentes que requieran importar o destinar al régimen de depósito fiscal esta mercancía, deberán inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos (R.G. 2.2.1. rubro B), sin embargo, cuando se destine a dicho régimen en almacenes generales de depósito, será necesario inscribirse en el Padrón de Importadores (R.G. 2.2.2. Numeral 14 inciso b), al momento de su extracción para ser destinadas a un régimen aduanero (R.G. 2.2.2. Numeral 14 inciso a) ; Cuando se traslade en tránsito interno o internacional, se requiere anexar al pedimento el documento en el que conste la garantía otorgada en términos del Art. 86-A IIde la L. A. y de la R.G. 1.4.6.(R.G. 1.4.7.)
Anexo 18: Requiere anotarse en el pedimento, en la factura, en el documento de embarque o en relación anexa, los datos que permitan la identificación, análisis y control de esta mercancía (R.G. 2.6.10.)
CUPOS:
Para Importar de:
El Salvador: Del 1 de junio de 2006 al 31 de mayo de 2007, varilla de hierro o acero corrugada o barras de hierro o acero para armaduras, para cemento u hormigón, originarios de El Salvador, al amparo del arancel-cuota de 2.5% (Acuerdo 6/VI/2006). Este cupo se otorgará en términos del Art. 29adicionado al Decreto que establece la tasa aplicable para el 2006 del IGI para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, la AELC, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
* Arancel aplicable a partir del 30 de septiembre de 2006 (Art. Primero DOF 29/IX/2006).
Nota 1: La importación de varilla corrugada o barras para armaduras, para cemento u hormigón, originaria de El Salvador, identificada con el código “CSA”, estará sujeta al arancel preferencial de 2.5, siempre que se cuente con un certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía (Art. 15del Decreto por el que se establece la Tasa aplicable para el 2007, del IGI para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras, publicado el 27/XI/2006).
La Resolución del 3/III/2004 eliminó, a partir del 28 de julio de 2003, la cuota compensatoria impuesta a varilla corrugada clasificadas en esta fracción arancelaria, cuando fueran originarias de EUA y Venezuela.
En Exportación:
Tratados de Libre Comercio
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) |