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Sección: | | Operaciones Especiales |
Capítulo: | 98 | Operaciones especiales |
Partida: | 9802 | Maquinaria, partes o componentes para la fabricación de productos, conforme a la Regla 8a de las Complementarias. |
SubPartida: | 980200 | - Maquinaria, partes o componentes para la fabricación de productos, conforme a la Regla 8a de las Complementarias. |
Fracción: | 98020027 | Hilados de título inferior o igual a 44.44 decitex (40 deniers), rígidos, de filamentos de nailon, de título inferior o igual a 1.33 decitex (1.2 deniers) por filamento, de la fracción 5402.41.01; hilados rígidos, de filamentos de poliéster (no texturados), de título inferior o igual a 1.66 decitex (1.5 deniers) por filamento, de la fracción 5402.43.99; hilados de filamentos de título igual a 75.48 decitex (68 deniers), teñidos en rígido brillante con 32 filamentos y torsión de 800 vueltas por metro, de la fracción 5402.62.01; hilados de filamentos rígidos brillante, de poliéster catiónico de título igual a 305 decitex (274.53 deniers), con 96 filamentos y torsión de 120 vueltas por metro en “S”, de la fracción 5402.62.99; fibra corta de poliéster de baja fusión (“low melt”), conformada por una fibra bicomponente de un centro de poliéster y una cubierta de copolímero de poliéster, con punto de fusión inferior a 180 grados centígrados, de la fracción 5503.20.99, para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria Textil y de la Confección, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8ª de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación conforme a los criterios establecidos por la Secretaría de Economía. |
U. de Medida: Kg. | Arancel | IVA | IVA F.F. | | |
Importación | Ex.* | 15 | 10 | | |
Exportación | Ex. | | | | |
RESTRICCIONES:
En Importación:
Permiso previo SE(A partir del 30/III/2007, únicamente cuando se destinen a importación definitiva o temporal. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 17fracc. III del Acuerdo de permiso previo, el periodo de vigencia de dicho permiso será de un año o menos, cuando el proceso productivo así lo requiera) (Los Criterios para otorgar el permiso previo se publicaron el 31/III/2006, Circular G-087/2007)
En Exportación:
ANEXOS:
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:
OBSERVACIONES:
Generales:
Fracción creada mediante decreto publicado el 22 de febrero de 2007.
En Importación:
* Exenta de arancel a partir del 23 de febrero de 2007 (Art. Único DOF 22/II/2007).
En Exportación:
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)
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