Sección: | I | Animales vivos y productos del reino animal |
Capítulo: | 04 | Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida: | 0406 | Quesos y requesón. |
SubPartida: | 040690 | - Los demás quesos. |
Fracción: | 04069099 | Los demás. |
NICO *: ( Dar clic ) |
* Números de Identificación Comercial
| | | Franja y Región Fronteriza | |
UM: Kg | Arancel | IVA | Arancel | IEPS |
Importación | 45% | 16% | | |
Exportación | Ex. | 0% | | |
ARANCEL:
En Importación:
Arancel aplicable a partir del 28 de diciembre de 2020 (Decreto DOF 1/VII/2020).
CUPOS:
Para Importar de:
Australia, Canadá, Japón, Nueva Zelanda y Singapur: Del 01 de enero de 2020 al 31 de diciembre de cada año, quesos, susceptibles de recibir trato arancelario preferencial, conforme a lo dispuesto en el Apéndice A-1“Contingentes arancelarios de México” del Anexo 2-D“Compromisos Arancelarios” del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (Acuerdo DOF 30/XI/2018, modificado el 24/XII/2020. Convocatoria DOF 12/XII/2018).
OBSERVACIONES:
En Importación:
Cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la SE, el arancel-cupo aplicable será 20%. Únicamente: Tipo Egmont, cuyas características sean: grasa mínima (en materia seca) 45%, humedad máxima 40%, materia seca mínima 60%, mínimo de sal en la humedad 3.9%. (Art. Décimodel Decreto por el que se modifica la Tarifa de la LIGIE, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto por el que se establece el IGI para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto por el que se establecen diversos PROSEC y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, publicado el 24/XII/2020)
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