| | | | Fracción | Descripción | UM | IGI | IGE | |
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| 9705 Colecciones y especímenes para colecciones de zoología, botánica, mineralogía o anatomía o que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático. |
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| 970500 Colecciones y especímenes para colecciones de zoología, botánica, mineralogía o anatomía o que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático. |
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| | | | 97050001 | Colecciones geológicas o de historia natural y ejemplares para dichas colecciones, excepto lo comprendido en las fracciones 9705.00.05 y 9705.00.06. | Pza | Ex. | Ex. | |
| | | | 97050002 | Numismáticas. | Pza | Ex. | Ex. | |
| | | | 97050003 | Pedagógicas. | Pza | Ex. | Ex. | |
| | | | 97050004 | Ejemplares zoológicos disecados o sus partes. | Pza | Ex. | Ex. | |
| | | | 97050005 | Bienes que hayan sido declarados monumentos arqueológicos por la Secretaría de Educación Pública. | Pza | Ex. | Prohibida | |
| | | | 97050006 | Objetos de interés histórico, paleontológico o etnográfico, que no hayan sido declarados monumentos arqueológicos o históricos por la Secretaría de Educación Pública. | Kg | Ex. | Ex.** | |
| | | | 97050099 | Los demás. | Pza | Ex. | Ex. | |
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| 9706 Antigüedades de más de cien años. |
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| 970600 Antigüedades de más de cien años. |
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| | | | 97060001 | Antigüedades de más de cien años. | Pza | Ex. | Ex.** | |
| (22) Sección: XXII Operaciones Especiales |
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| 98 Operaciones especiales |
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| 9801 Importaciones o exportaciones de muestras y muestrarios. |
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| 980100 Importaciones o exportaciones de muestrasy muestrarios. |
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| | | | 98010001 | Importaciones o exportaciones de muestras y muestrarios. | Kg | Ex. | Ex. | |
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| 9802 Maquinaria, partes o componentes para la fabricación de productos, conforme a la Regla 8a de las Complementarias. |
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| 980200 Maquinaria, partes o componentes para la fabricación de productos, conforme a la Regla 8a de las Complementarias. |
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| | | | 98020001 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria Eléctrica, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020002 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria Electrónica, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020003 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria del Mueble, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020004 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria del Juguete, Juegos de Recreo y Artículos Deportivos, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020005 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria del Calzado, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020006 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria Minera y Metalúrgica, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020007 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria Bienes de Capital, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020008 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria Fotográfica, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020009 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria de Maquinaria Agrícola, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020010 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de las Industrias Diversas, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |
| | | | 98020011 | Mercancías para el Programa de Promoción Sectorial de la Industria Química, cuando las empresas cuenten con la autorización a que se refiere la Regla 8a de las Complementarias, para la interpretación y aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de Economía. | Kg | Ex. | Ex. | |