Sección: X PASTA DE MADERA O DE LAS DEMAS MATERIAS FIBROSAS CELULOSICAS; PAPEL O CARTON PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS); PAPEL O CARTON Y SUS APLICACIONES
Capítulo: 48 PAPEL Y CARTON; MANUFACTURAS DE PASTA DE CELULOSA, DE PAPEL O CARTON
CAPITULO 48

PAPEL Y CARTON; MANUFACTURAS DE PASTA DE CELULOSA,
DE PAPEL O CARTON


Notas.

1.- En este Capítulo, salvo disposición en contrario, cualquier referencia a papel incluye también al cartón, sin que se tenga en cuenta el espesor o el peso por m2.

2.- Este Capítulo no comprende:


3.- Salvo lo dispuesto en la Nota 7, se clasifican en las partidas 48.01 a 48.05 el papel y cartón que, por calandrado u otro modo, se hayan alisado, satinado, abrillantado, glaseado, pulido o sometido a otras operaciones de acabado similares, o a un falso afiligranado o un aprestado en la superficie, así como el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, coloreados o jaspeados en la masa por cualquier procedimiento. Salvo lo dispuesto en la partida 48.03, estas partidas no se aplican al papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que hayan sido tratados de otro modo.

4.- En este Capítulo se considera papel prensa el papel sin estucar ni recubrir de los tipos utilizados para la impresión de diarios, en el que el contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico sea superior o igual al 50% en peso del contenido total de fibra, sin encolar o muy ligeramente encolado, cuyo índice de rugosidad, medido en el aparato Parker Print Surf (1 MPa) sobre cada una de las caras, sea superior a 2.5 micras (micrómetros, micrones) y de peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 65 g/m2.

5.- En la partida 48.02, se entiende por papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), el papel y cartón fabricados principalmente con pasta blanqueada o con pasta obtenida por procedimiento mecánico o químico-mecánico y que cumplan alguna de las condiciones siguientes:


6.- En este Capítulo se entiende por papel y cartón Kraft, el papel y cartón con un contenido de fibras obtenidas por procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) superior o igual al 80% en peso del contenido total de fibra.

7.- Salvo disposición en contrario en los textos de partida, el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, que puedan clasificarse en dos o más de las partidas 48.01 a 48.11, se clasificarán en la que, de entre ellas, figure en la Nomenclatura en último lugar por orden de numeración.

8.- En las partidas 48.01 y 48.03 a 48.09, se clasifican solamente el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que se presentan en una de las formas siguientes:


9.- En la partida 48.14, se entiende por papel para decorar y revestimientos similares de paredes o techos:
10.- La partida 48.20 no comprende las hojas y tarjetas sueltas, cortadas en formatos, incluso impresas, estampadas o perforadas.

11.- Se clasificarán, en particular, en la partida 48.23, el papel y cartón perforados para mecanismos Jacquard o similares y los encajes de papel.

12.- Con excepción de las partidas 48.14 y 48.21, el papel, cartón, guata de celulosa y las manufacturas de estas materias, con impresiones o ilustraciones que no sean accesorias en relación con su utilización principal se clasifican en el Capítulo 49.


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Notas de Subpartida.

1.- En las subpartidas 4804.11 y 4804.19, se considera papel y cartón para caras (cubiertas) (“Kraftliner”) el papel y cartón alisados en ambas caras o satinados en una cara, presentados en bobinas (rollos) en los que el contenido de fibras de madera obtenidas por el procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) sea superior o igual al 80% en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 115 g/m2 y con una resistencia mínima al estallido Mullen igual a los valores indicados en el cuadro siguiente o, para cualquier otro peso, sus equivalentes interpolados o extrapolados linealmente.

Peso

g/m2

115

125

200

300

400

Resistencia mínima al

estallido Mullen kPa

393

417

637

824

961

2.- En las subpartidas 4804.21 y 4804.29, se considera papel Kraft para sacos (bolsas) el papel alisado en ambas caras, presentado en bobinas (rollos), en el que el contenido de fibras obtenidas por el procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) sea superior o igual al 80% en peso del contenido total de fibra, de peso superior o igual a 60 g/m² pero inferior o igual a 115 g/m², y que responda a una de las condiciones siguientes:

Peso

G/m2

Dirección

longitudinal de

la máquina

Dirección longitudinal de

la máquina más dirección

transversal

Dirección

transversal

Dirección longitudinal de la máquina más dirección

transversal

60

70

80

100

115

700

830

965

1,230

1,425

1,510

1,790

2,070

2,635

3,060

1.9

2.3

2.8

3.7

4.4

6

7.2

8.3

10.6

12.3

3.- En la subpartida 4805.11, se entiende por papel semiquímico para acanalar el papel presentado en bobinas (rollos), en el que el contenido de fibras crudas de madera de frondosas obtenidas por la combinación de tratamientos mecánicos y químicos, sea superior o igual al 65% en peso del contenido total de fibra y con una resistencia al aplastamiento según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) superior a 1.8 newtons/g/m2 para una humedad relativa de 50%, a una temperatura de 23 ºC.

4.- La subpartida 4805.12 comprende el papel en bobinas (rollos), compuesto principalmente de pasta de paja obtenida por la combinación de tratamientos mecánicos y químicos, de peso superior o igual a 130 g/m2 y con una resistencia al aplastamiento según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) superior a 1.4 newtons/g/m2 para una humedad relativa de 50%, a una temperatura de 23ºC.

5.- Las subpartidas 4805.24 y 4805.25 comprenden el papel y el cartón compuestos exclusiva o principalmente de pasta de papel o cartón reciclado (de desperdicios y desechos). El papel “Testliner” puede igualmente tener una capa superficial de papel coloreado o compuesto de pasta blanqueada o cruda, sin reciclar. Estos productos tienen un índice de estallido Mullen superior o igual a 2 kPa·m2/g.

6.- En la subpartida 4805.30, se entiende por papel sulfito para envolver, el papel satinado en una cara en el que el contenido de fibras de madera obtenidas por el procedimiento químico al sulfito sea superior o igual al 40% en peso del contenido total de fibra, con un contenido de cenizas inferior o igual al 8% y con un índice de estallido Mullen superior o igual a 1.47 kPam2/g.

7.- En la subpartida 4810.22, se entiende por papel estucado o cuché ligero (liviano) (“L.W.C.”) (“light-weight coated”), el papel estucado en las dos caras, de peso inferior o igual a 72 g/m2, con un peso de la capa de estucado inferior o igual a 15 g/m2 por cada cara, con un soporte constituido por fibras de madera obtenidas por procedimiento mecánico, cuyo contenido sea superior o igual al 50% en peso del contenido total de fibra.

Notas Explicativas de Subpartida.

Nota 1 de Subpartida.

En esta Nota, la resistencia mínima al estallido Mullen se expresa en kilopascales (kPa). Los valores equivalentes expresados en g/cm2 son los siguientes:

Peso
g/m2

115
125
200
300
400
KPa

393
417
637
824
961
g/cm2

4, 030
4, 250
6, 500
8, 400
9, 800

El cálculo para los valores intermedios (interpolación) o para valores eventualmente superiores a 400 gr. (extrapolación) puede hacerse por medio de las fórmulas siguientes:

Peso base

Que no exceda de 125 g/m2

Que exceda de 125 g/m2
Pero sin exceder de 200 g/m2.

Que exceda de 200 g/m2,
Pero sin exceder de 300 g/m2.

Que exceda de 300 g/m2.
Resistencia mínima al estallido
Mullen g/cm2

Peso base (g/m2) x 22 + 1,500

Peso base (g/m2) x 30 + 500


Peso base (g/m2) x 19 + 2,700


Peso base (g/m2) x 14 + 4,200

Nota 2 de subpartida

Para los papeles con un peso por metro cuadrado situado entre los valores indicados en esta Nota, la resistencia mínima puede calcularse (con un margen de error inferior o igual al 2%) por medio de las fórmulas del cuadro siguiente:

Desgarre, en dirección longitudinal (mN)
(cifra redondeada al múltiplo más
próximo de 5 milinewtons).

Desgarre, en dirección longitudinal más
Dirección transversal (mN)
(cifra redondeada como se indica más arriba).

Alargamiento en dirección transversal (kN/m).
Alargamiento en dirección longitudinal

Más dirección transversal (kN/m).
Valor mínimo
Peso base (g/m2) x 13.23 – 94.64



Peso base (g/m2) x 28.22 – 186.2




Peso base (g/m2) x 0.0449 – 0.8186


Peso base (g/m2) x 0.1143 – 0.829

Notas Explicativas de aplicación nacional:

1. En este Capítulo, la expresión papel y cartón estucados se aplica por igual a los papeles y cartones que han sido recubiertos, en una o ambas caras, con sustancias orgánicas o inorgánicas.


CONSIDERACIONES GENERALES

En las Notas Explicativas de este Capítulo, y salvo disposición en contrario, el término papel abarca al mismo tiempo el cartón y el papel, sin tener en cuenta el espesor o el peso por metro cuadrado.

El papel se compone de las fibras celulósicas de la pasta del Capítulo 47 entremezcladas y aglomeradas en forma de hojas. Numerosos productos, como ciertas materias utilizadas en la fabricación de bolsitas de té, están constituidos por una mezcla de fibras celulósicas y fibras textiles (especialmente fibras sintéticas o artificiales, tal como se definen en la Nota 1 del Capítulo 54). Los productos en los que las fibras textiles predominen en peso no se consideran papel sino que se clasifican como tela sin tejer (partida 56.03).

Para determinar las propiedades físicas del papel y cartón del Capítulo 48 y con el fin de evitar cualquier incoherencia que pueda resultar de la aplicación de diferentes métodos de ensayo, es especialmente deseable que todas las administraciones utilicen los de la Organización Internacional de Normalización (ISO). Cada vez que se mencionen en este Capítulo los criterios analíticos y físicos enumerados a continuación hay que utilizar las normas ISO siguientes:

Contenido de cenizas:

IS0 2144 Papel y cartón - Determinación de las cenizas

Grado de blancura:

IS0 2470 Papel y cartón - Medida del factor de reflectancia difusa por

incidencia (grado de blancura ISO)

Determinación de la resistencia e índice de estallido:

IS0 2758 Papel - Determinación de la resistencia de estallido

IS0 2759 Cartón - Determinación de la resistencia de estallido

CMT 60 (resistencia de formación por choque o aplastamiento):

IS0 7263 Papel acanalado plisado medio para cartón ondulado - Determinación de la resistencia al aplastamiento de las ondulaciones después del plegado en Laboratorio

Composición de las fibras:

IS0 9184/1-3 Papel, cartón y pasta - Análisis de la mezcla de los diversos componentes del papel o cartón.

Gramaje (peso):

IS0 536 Papel y cartón - Determinación del gramaje

Indice de rugosidad “Parker Print-Surf”

IS0 8791/4 Papel y cartón- Determinación de la rugosidad/lisura (métodos de pérdida por el aire)

Espesor de una hoja sola:

IS0 534 Papel y cartón - Determinación del espesor y la densidad de la masa aparente o densidad aparente de la hoja.

Resistencia al desgarro:

IS0 1974 Papel - Determinación de la resistencia al desgarro (Método Elmendorf)

Resistencia a la ruptura por tracción:

IS0 1924/2 Papel y cartón - Determinación de las propiedades a esfuerzos de tracción - Apartado 2: Método de variación constante de elongación.

Tanto si se hace mecánicamente como si se hace a mano, la fabricación propiamente dicha del papel consta de tres fases distintas: la preparación de la pasta, la formación de las hojas y el acabado (aprestos o transformaciones).


PREPARACION DE LA PASTA

La preparación de la pasta tiene por objeto dar a la pasta papelera (incluso constituida por una mezcla de distintas pastas), por dilución en agua y mezclado mecánico, una consistencia conveniente, después de la incorporación eventual de cargas, colas o de colorantes.

Las cargas, que son casi siempre de origen inorgánico (por ejemplo: caolín, dióxido de titanio, carbonato de calcio), sirven para aumentar la opacidad del papel, mejorar la aptitud para la impresión y economizar pasta. Las colas, generalmente constituidas por gelatina o resinas insolubilizadas por un alumbre, hacen al papel menos absorbente para la tinta, etc.


FORMACION DE LA HOJA

A) Papel y cartón fabricado mecánicamente.

En la máquina de mesa plana (tipo Fourdrinier), la más extendida, la pasta así preparada se vierte en un órgano filtrante (caja de llegada de la pasta) y después en una mesa de fabricación constituida por una tela sin fin ancha y larga, de monofilamentos sintéticos o artificiales, de latón o de bronce, que se desplaza como un tapiz móvil y animada, generalmente, de un movimiento vibratorio que facilita el afieltrado de las fibras, mientras que la eliminación del agua se efectúa a través de la tela por gravedad y con la ayuda de dispositivos como las cajas aspirantes y las de desgotado, que están colocadas en el recorrido de la tela. En ciertas máquinas la banda de pasta, sin consistencia todavía, pasa después por un cilindro desgotador (“dandyroll”), provisto de tela metálica, que activa el escurrido de la hoja y la consolida. Según la textura y el labrado específico de la tela, el “dandyroll” permite imprimir al mismo tiempo una filigrana en la hoja. En el extremo de la mesa, la hoja es recogida por una larga banda de fieltro sin fin que la conduce a los cilindros secadores, igualmente provistos de fieltro (prensa húmeda), después pasa entre cilindros metálicos calentados (prensa seca), que perfeccionan el secado.

El método de doble tela, utilizado principalmente en la industria del papel prensa, constituye otra técnica de fabricación. La pasta pasa entre dos rodillos de formado y es transportada entre dos “telas” en una distancia muy corta. En los aparatos que utilizan un método de inyección vertical, esta distancia es habitualmente inferior a 2 metros. Durante este corto trayecto, el agua absorbida por las telas es eliminada por las cajas y los cilindros aspirantes y el papel adquiere forma. La banda de papel así formada es arrastrada a la sección de prensas y al secado. Este método permite obtener un producto con las caras similares, eliminando así el lado fieltro y el lado tela del producto fabricado por el método de mesa plana.

En otros tipos de máquinas análogas, la mesa plana Fourdrinier se reemplaza simplemente por un gran tambor rotativo en celosía, guarnecido con tela metálica y semiinmerso en una cuba llena de pasta refinada (máquina de forma redonda). Al girar la tela metálica se carga con una capa de pasta que se escurre y aglomera antes de llegar a la banda de fieltro de la prensa húmeda, ya sea en banda continua, o bien en hojas separadas, gracias a un dispositivo de tabicado de la forma. Una variante de estas máquinas permite obtener, hoja por hoja, cartones de una o varias capas por enrollado y cortado (enrolladora).

Para la fabricación de papel y cartón multiplex, compuesto de varias capas de pasta producidas simultáneamente y reunidas, en la máquina, húmedas y sin aglutinante, se utilizan máquinas que llevan varias mesas planas superpuestas o una batería de formas redondas (máquinas multiformes) o también máquinas combinadas con mesas planas y formas redondas. Las capas de pasta pueden ser de color o de calidades diferentes.

B) Papel y cartón hecho a mano (hoja a hoja).

En el papel y cartón hecho a mano, la fase de fabricación esencial, es decir, la formación de la hoja, se realiza a mano, incluso si se ejecutan a máquina operaciones posteriores.

El papel hecho a mano (llamado también a la tina o a la forma) puede obtenerse, en principio, a partir de cualquier pasta para papel, pero se utiliza generalmente pasta a base de trapos de lino o de algodón de la mejor calidad.

La formación de la hoja se hace sacando un poco de pasta líquida sobre la tela metálica de una especie de tamiz rectangular manual (forma) que el obrero sacude para eliminar la mayor parte del agua y afieltrar las fibras. Las hojas se prensan a continuación entre dos fieltros y después se secan en el aire.

La napa metálica de la forma en la que se afieltran las fibras puede llevar hilos paralelizados (verjurado) o dispuestos con un ligamento tafetán (papel tela) y llevar además dibujos o motivos (filigranas).

Las características del papel hecho a mano, que son la resistencia, la durabilidad y sobre todo la calidad del grano, lo hacen adecuado para usos muy especiales: ediciones de gran calidad (libros, grabados, aguafuertes, etc.), papel de cartas de lujo, papel para dibujo, papel timbrado, papel para billetes de banco, papel registro, papel filtro especial, etc. Se emplea también para fabricar tarjetas de felicitación, papel con membrete, calendarios, etc.

Por el hecho de que con frecuencia se obtiene directamente en el formato usual, el papel hecho a mano presenta normalmente los bordes muy irregularmente dentados y adelgazados, con barbas y de espesor poco uniforme. Este criterio no es sin embargo determinante, pues este papel a veces se corta y, por otra parte, algunos papeles mecánicos de calidad, especialmente los que se obtienen en máquinas llamadas “redondas”, pueden cortarse con los bordes dentados, aunque en este caso el corte es regular y limpio.


Operaciones de acabado

Después de una eventual humidificación, el papel puede someterse a un trabajo de acabado en dispositivos mecánicos de rodillo incorporados o no a la máquina (rodillo secador-glaseador, rodillo de fricción, lisas, calandrias), que permiten dar al papel un glaseado de superficie más o menos intenso en una sola cara (papel friccionado) o en las dos caras (papel alisado, satinado, glaseado, etc.) y, a veces, incluso un cierto afiligranado (falsa filigrana). Prácticamente todos los papeles ordinarios para escritura, impresión o dibujo reciben igualmente un apresto en la superficie (encolado superficial) constituido, por ejemplo, por una especie de cola o de disolución de almidón para mejorar la resistencia superficial, así como la resistencia a la penetración y la difusión de líquidos acuosos, tales como la tinta de escribir.

Papel y cartón cuché o estucado

Estos términos designan el papel en el que una o ambas superficies están recubiertas o estucadas para obtener un glaseado especialmente intenso y adecuar la superficie a determinados usos específicos.

Los productos de recubrimiento son generalmente sustancias minerales, aglutinantes y otros aditivos necesarios para el recubrimiento, tales como endurecedores y dispersantes.

El papel carbón, el papel llamado “autocopia” y demás papeles para copiar o reportar, en rodillos o en hojas de dimensiones determinadas, se clasifican en la partida 48.09.

El papel y cartón cuché o estucado con caolín u otras sustancias inorgánicas con aglomerante o sin él, en rodillos o en hojas, se clasifica en la partida 48.10. Además del caolín, las sustancias inorgánicas utilizadas para el estucado comprenden principalmente el sulfato de bario, el carbonato de calcio, el sulfato de calcio, el silicato de magnesio, el óxido de zinc y el polvo metálico. Estas materias de estucado se aplican generalmente con aglutinantes tales como cola, gelatina, materias amiláceas (por ejemplo, almidón o dextrina), goma laca, albúmina, látex sintético. Los productos se estucan con caolín, etc., para obtener una superficie glaseada, satinada o mate. Los productos estucados con caolín o recubiertos con otras materias inorgánicas son principalmente: el papel cuché para impresión (incluido el papel cuché para grabados y papel para cromos utilizado en litografía), el papel cuché para embalajes plegables, el papel metalizado (excepto las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12), el papel recubierto de polvo de mica, el papel barnizado o esmaltado (utilizado para la fabricación de etiquetas o para forrar cajas). Hay que subrayar que los aglutinantes tales como la cola, materias amiláceas, etc., que se utilizan para fijar la capa o recubrimiento sirven también de apresto de superficie para el papel y cartón, pero que, en los casos de papeles encolados en la superficie sin estucar, este apresto no lleva pigmento.

Salvo las excepciones mencionadas en el texto de la partida, el papel y cartón con una capa de alquitrán, betún, asfalto, plástico u otras materias orgánicas, tales como cera, estearina, tundiznos, polvo de tejido, aserrín de madera, corcho granulado, goma laca, barniz, presentado en rollos o en hojas, se clasifica en la partida 48.11. Para la aplicación de estos revestimientos puede ser innecesario el aglomerante. Se utilizan para obtener las características físicas necesarias para una amplia gama de aplicaciones, por ejemplo, el papel y cartón para envases estancos y papel y cartón antiadhesivos. Estos papeles y cartones estucados o recubiertos comprenden el papel engomado o adhesivo, el papel aterciopelado (recubierto de tundiznos y utilizado para adornar cajas o para la fabricación de papel para decorar), el papel corcho (utilizado para el embalaje), el papel grafitado y el papel alquitranado para envasar.

A estos diversos revestimientos o recubrimientos se incorporan también frecuentemente materias colorantes.

Un gran número de papeles y cartones estucados o recubiertos están además fuertemente glaseados por un calandrado especial o bien recubiertos de un barniz para proteger de la humedad el estucado o recubrimiento (por ejemplo, el papel para decorar lavable).

Se puede establecer una distinción entre el encolado en la superficie, el estucado o el recubrimiento mediante una combinación de diversos métodos de ensayo químicos o físicos. En la mayor parte de los casos, la distinción es fácil de establecer en función de la naturaleza o de la cantidad de la materia presente, o bien en función del conjunto de características del papel o cartón examinado. En general, en el caso de papeles encolados en la superficie, la apariencia y la textura de la superficie natural del papel se mantienen, mientras que en el caso de los papeles estucados o recubiertos, las irregularidades de esta superficie natural están, en amplia medida, suprimidas por el revestimiento.

Pueden surgir dificultades en casos marginales, principalmente por las razones siguientes: los papeles ligeramente estucados pueden obtenerse en la prensa de fijación. Determinadas sustancias presentes en el revestimiento existen también en el papel propiamente dicho (por ejemplo, las cargas) y las fibras pueden ser visibles en el caso del papel estucado o recubierto con materias sin pigmentar (por ejemplo, dispersión acuosa de poli (cloruro de vinilo)). Sin embargo, es posible determinar de qué tipo de papel se trata aplicando uno o varios de los métodos siguientes:

Con frecuencia, el papel cuché o estucado, tal como el papel cuché para grabados, no se distingue apenas, a primera vista, del papel simplemente glaseado. Sin embargo, la capa puede ponerse en evidencia raspando la superficie o separándola por inmersión en agua.

Uno de los métodos de ensayo que permite determinar si estamos en presencia de un papel estucado (principalmente con materias inorgánicas) consiste en pegar el papel en una cinta adhesiva. Al despegar la cinta, la mayor parte de la capa se adhiere a ella. Es preciso disolver entonces las fibras celulósicas y ciertos almidones que se han adherido a la cinta con cuproetilendiamina. La presencia o ausencia de capa se revela comparando el peso de la cinta adhesiva antes y después de estas operaciones. Este método puede a veces utilizarse para los papeles estucados con materias orgánicas.

Entre las demás técnicas que sirven para identificar el papel y el cartón estucado o recubierto, se pueden citar la microscopía electrónica de barrido, la difracción de rayos X y la espectrofotometría de infrarrojos. Estas técnicas de ensayo se aplican al papel y cartón de las partidas 48.10 y 48.11.


Papel y cartón coloreado o impreso

Estos papeles incluyen los revestidos con uno o varios colores aplicados por cualquier procedimiento, incluido el papel rayado, con motivos decorativos, dibujos, etc. Son, en particular; las indianas y el papel imitando el mármol o jaspeado en la superficie. Estos papeles se emplean para diversos usos, tales como el revestimiento de cajas o la encuadernación.

El papel puede estar impreso con tinta de cualquier color, con líneas dispuestas paralelamente o no, o bien cruzadas. Estos papeles se utilizan principalmente para hacer libros de contabilidad, cuadernos escolares, cuadernos de dibujo, papel o cuadernos para música, papel para diagramas, papel de cartas, cuadriculado, de libretas, etc.

Se clasifica en este Capítulo el papel impreso, tal como el papel de envolver utilizado en el comercio, con una razón social, una marca, un dibujo o instrucciones sobre el uso de la mercancía, etc., de carácter accesorio, que no modifique su utilización principal o permita considerarlo como perteneciente al Capítulo 49 (véase la Nota 12 de este Capítulo).


Papel y cartón impregnado

Esta categoría está constituida por los papeles y cartones en los que ha penetrado a fondo, por ejemplo, aceite, cera, parafina o plástico, para conferirle propiedades específicas, tales como, impermeabilidad, transparencia, etc. El papel y cartón impregnado se utiliza ampliamente para el envasado o el aislamiento eléctrico.

Entre los papeles y cartones impregnados, se pueden citar: el papel de envasar aceitado; el papel para copiar aceitado o encerado; el papel para clisés o esténciles; el papel y cartón aislante impregnado de plástico, por ejemplo; el papel cauchutado; el papel y cartón simplemente impregnado de alquitrán o de betún.

Determinados papeles, tales como el papel soporte para papel de decorar, pueden estar impregnados con insecticidas o productos químicos.

Este Capítulo también comprende la guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa que consisten en un número variable de capas muy finas de fibras celulósicas ligeramente afieltradas, superpuestas y laminadas en húmedo de tal modo que tienden a separarse por zonas durante el secado.


CAMPO DE APLICACION DEL CAPITULO

Este Capítulo comprende:

I) El papel y cartón, la guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa, de cualquier clase, en bobinas (rollos) o en hojas, repartidos así:


II) Los bloques y placas filtrantes de pasta de papel (partida 48.12), el papel para cigarrillos, incluso cortado al tamaño adecuado o en librillos o tubos (partida 48.13), el papel para decorar y revestimientos similares de paredes (definidos en la Nota 9 de este Capítulo),y el papel para vidrieras (partida 48.14).

III) El papel, cartón, guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa (excepto las mencionadas en las partidas 48.02, 48.10 o 48.11, o en el apartado II anterior) en rollos o en hojas, cortados en dimensiones inferiores a las mencionadas en apartado I anterior o con formas distintas de la cuadrada o rectangular y los artículos de pasta de papel, papel, cartón, guata de celulosa o napas de fibras de celulosa. Estos productos se clasifican en las partidas 48.16 a 48.23.

En las partidas 48.12, 48.18, 48.22 y 48.23 y en las Notas explicativas correspondientes, los términos pasta de papel comprenden el conjunto de productos que se clasifican en las partidas 47.01 a 47.06, es decir, la pasta de madera o de otras materias fibrosas celulósicas.

Sin embargo, este Capítulo no comprende los artículos excluidos por las Notas 2 y 12 de este Capítulo.


__________________

48.01 PAPEL PRENSA EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS.

El término papel prensa está definido en la Nota 4 de este Capítulo.

En esta definición se consideran fibras de madera obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico las fibras obtenidas por diferentes técnicas de fabricación de pasta de madera en las que el desfibraje se obtiene total o principalmente ejerciendo fuerzas mecánicas sobre la materia prima. Generalmente, estas fibras se presentan en forma de:

1) La pasta mecánica, que comprende la obtenida a la muela (SGW) y la pasta mecánica a presión (PGW), así como la obtenida por refinado, por ejemplo la pasta mecánica refinada (RMP) y la pasta termomecánica (TMP).

2) La pasta químico-mecánica, que se obtiene también por refinado pero a la que se han añadido pequeñas cantidades de productos químicos durante el tratamiento. Comprende principalmente la pasta químico-termomecánica (CTMP), la químico-mecánica refinada (CRMP) y la termo-químico-mecánica (TCMP) pero no comprende la pasta semiquímica normalmente conocida como pasta semiquímica al sulfito neutro o pasta al monosulfito (NSSC), la pasta semiquímica al bisulfito y la pasta Kraft semiquímica.

Para una descripción más detallada de los métodos de producción de estas pastas, véanse las Notas explicativas de las partidas 47.01 y 47.05.

En esta definición, la expresión fibras de madera no comprende las fibras de bambú.

De acuerdo con la Nota 8 de este Capítulo, la partida 48.01 se aplica solamente al papel prensa presentado en tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm o en hojas cuadradas o rectangulares con un lado superior a 36 cm y el otro superior a 15 cm, sin plegar.

El papel prensa de esta partida puede haberse sometido a las operaciones mencionadas en la Nota 3 de Capítulo. Sin embargo, si ha sufrido otras operaciones, se excluye.

48.02 PAPEL Y CARTON, SIN ESTUCAR NI RECUBRIR, DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA ESCRIBIR, IMPRIMIR U OTROS FINES GRAFICOS Y PAPEL Y CARTON PARA TARJETAS O CINTAS PARA PERFORAR (SIN PERFORAR), EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS DE FORMA CUADRADA O RECTANGULAR, DE CUALQUIER TAMAÑO, EXCEPTO EL PAPEL DE LAS PARTIDAS 48.01 O 48.03; PAPEL Y CARTON HECHOS A MANO (HOJA A HOJA).

4802.10 – Papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja).

4802.20 – Papel y cartón soporte para papel o cartón fotosensibles, termosensibles o electrosensibles.

4802.40 – Papel soporte para papeles de decorar paredes.

Los demás papeles y cartones, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10% en peso del contenido total de fibra:

4802.54 – – De peso inferior a 40 g/m2.

4802.55 – – De peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2, en bobinas (rollos).

4802.56 – – De peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2, en hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, medidos sin plegar.

4802.57 – – Los demás, de peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2 .

4802.58 – – De peso superior a 150 g/m2 .

Los demás papeles y cartones, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10% en peso del contenido total de fibra:

4802.61 – – En bobinas (rollos).

4802.62 – – En hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, medidos sin plegar.

4802.69 – – Los demás.

El papel y el cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, y el papel y el cartón para tarjetas o cintas para perforar de esta partida se definen en la Nota 5 de este Capítulo. Se clasifican siempre en esta partida el papel y cartón que cumplan con esa definición.

El papel y el cartón hechos a mano (hoja a hoja) de cualquier dimensión y con la forma en que se ha obtenido, es decir, cuyos bordes conserven las barbas de su obtención, se clasifican, salvo las disposiciones de la Nota 7, en esta partida.

El papel y el cartón hechos a mano (hoja a hoja), en el que uno de los lados por lo menos se ha raspado o cortado, y el papel y el cartón fabricado a máquina sólo se clasifican, sin embargo, en esta partida cuando se presentan en tiras o en bobinas (rollos), o en hojas cuadradas o rectangulares de cualquier tamaño. Cortados en otras formas o dimensiones, se clasifican en otras partidas de este Capítulo (por ejemplo, partidas 48.17, 48.21 o 48.23).

El papel y cartón de esta partida puede estar sometido a los tratamientos estipulados en la Nota 3 del presente Capítulo, es decir, estar calandrado, alisado, satinado, lustrado, glaseado, pulido, etc., o bien tener un falso afiligranado o encolado en la superficie, o un coloreado o jaspeado en masa. Se excluye el papel y cartón tratado de otro modo y se clasifica generalmente en las partidas 48.06 a 48.11.

Además del papel y cartón hecho a mano (hoja a hoja), esta partida comprende, salvo lo dispuesto en la Nota 5 de este Capítulo:

A) Los papeles y cartones soporte tales como:


B) Los demás papeles y cartones de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, tales como:
C) El papel y cartón para tarjetas o cintas perforadas, sin perforar.

Se excluyen igualmente de esta partida:

a) El papel prensa (partida 48.01).

b) El papel de la partida 48.03.

c) El papel y cartón filtro (incluido el papel para bolsitas de té) y el papel y cartón fieltro (partida 48.05).

d) El papel para cigarrillos (partida 48.13).


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Nota Explicativa de Subpartida.

Subpartida 4802.20

Salvo lo dispuesto en la Nota 5 de este Capítulo, el papel y cartón soporte para papel o cartón fotosensible generalmente es papel o cartón de pasta de trapos, o papel o cartón finos que contienen pasta de trapos, exentos de cualquier sustancia extraña y principalmente de elementos metálicos (hierro o cobre).

48.03 PAPEL DEL TIPO UTILIZADO PARA PAPEL HIGIENICO, TOALLITAS PARA DESMAQUILLAR, TOALLAS, SERVILLETAS O PAPELES SIMILARES DE USO DOMESTICO, DE HIGIENE O TOCADOR, GUATA DE CELULOSA Y NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA, INCLUSO RIZADOS (“CREPES”), PLISADOS, GOFRADOS, ESTAMPADOS, PERFORADOS, COLOREADOS O DECORADOS EN LA SUPERFICIE O IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS.

Esta partida comprende dos categorías de productos:

1) El papel del tipo utilizado para papel higiénico, pañuelos, toallas o servilletas y papeles similares de uso doméstico, de higiene o de tocador. Sin embargo, estos papeles en bobinas (rollos) de ancho inferior o igual a 36 cm o cortados en cualquier tamaño o con forma distinta de las mencionadas en la Nota 8 de este Capítulo y los demás artículos domésticos, de higiene o de tocador fabricados a partir de este tipo de papel se clasifican en la partida 48.18.

2) La guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa. Sin embargo, estos productos en bobinas (rollos) de ancho inferior o igual a 36 cm o cortados en cualquier tamaño o con forma distinta de las mencionadas en la Nota 8 de este Capítulo y los artículos de guata de celulosa o de napas de fibras de celulosa se clasifican en las partidas 48.18, 48.19 o 48.23.


Las napas de fibras de celulosa llamadas faciales (“tissues”) están formadas por una capa de fibras de celulosa, de formación cerrada, con un rizado inferior o igual al 35% y el peso antes del rizado puede llegar a 20 g/m2 por capa. Los faciales (“tissues”) pueden estar constituidos por una o varias capas.

Conviene precisar que, independientemente de los tratamientos indicados en la Nota 3 del presente Capítulo a los que pueden haberse sometido, los productos de esta partida pueden estar rizados, plegados, gofrados, estampados, perforados, coloreados o decorados en la superficie o impresos.

Se excluyen igualmente de la partida:

a) La guata de celulosa impregnada o recubierta de productos farmacéuticos o acondicionada para la venta al por menor con fines medicinales, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios (partida 30.05).

b) El papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de betún, cremas para el calzado, encáusticos o preparaciones similares (partida 34.05).

c) El papel secante (partida 48.05).

48.04 PAPEL Y CARTON KRAFT, SIN ESTUCAR NI RECUBRIR, EN BOBINAS (RO­LLOS) O EN HOJAS, EXCEPTO EL DE LAS PARTIDAS 48.02 O 48.03.

Papel y cartón para caras (cubiertas) (“Kraftliner”):

4804.11 – – Crudos.

4804.19 – – Los demás.

Papel Kraft para sacos (bolsas):

4804.21 – – Crudo.

4804.29 – – Los demás.

Los demás papeles y cartones Kraft, de peso inferior o igual a 150 g/m2:

4804.31 – – Crudos.

4804.39 – – Los demás.

Los demás papeles y cartones Kraft, de peso superior a 150 g/m2 pero inferior a 225 g/m2:

4804.41 – – Crudos.

4804.42 – – Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra.

4804.49 – – Los demás.

Los demás papeles y cartones Kraft, de peso superior o igual a 225 g/m2:

4804.51 – – Crudos.

4804.52 – – Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra.

4804.59 – – Los demás.

Los términos papel y cartón Kraft se definen en la Nota 6 del presente Capítulo. Las categorías más importantes de papel y cartón Kraft son el papel y cartón para caras (cubiertas) llamado Kraftliner, el papel Kraft para sacos y los demás papeles Kraft para embalaje.

El papel y cartón para caras (cubiertas) llamado Kraftliner y el papel Kraft para sacos se definen en las Notas de subpartida 1 y 2 de este Capítulo. Los términos “fibras de madera” en la definición del papel Kraftliner no comprenden las fibras de bambú.

El papel y cartón Kraft sólo se clasifican en esta partida si se presentan en tiras o bobinas (rollos) de ancho superior a 36 cm o en hojas cuadradas o rectangulares con un lado superior a 36 cm y el otro superior a 15 cm, sin plegar (véase la Nota 8 del Capítulo). Cortados en otras dimensiones o formas, se clasifican, generalmente, en la partida 48.23.

El papel y cartón de esta partida puede haberse sometido a los tratamientos estipulados en la Nota 3 de este Capítulo, es decir, estar tratado por calandrado o de otro modo, estar alisado, satinado, abrillantado, pulido, etc., o tener un falso afiligranado, encolado en la superficie o jaspeado en la masa. Se excluyen el papel y cartón con otros tratamientos y se clasifican generalmente en las partidas 48.07, 48.08, 48.10 o 48.11.

48.05 LOS DEMAS PAPELES Y CARTONES, SIN ESTUCAR NI RECUBRIR, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS, QUE NO HAYAN SIDO SOMETIDOS A TRABAJOS COMPLEMENTARIOS O TRATAMIENTOS DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN LA NOTA 3 DE ESTE CAPITULO.

Papel para acanalar:

4805.11 – – Papel semiquímico para acanalar.

4805.12 – – Papel paja para acanalar.

4805.19 – – Los demás.

“Testliner” (de fibras recicladas):

4805.24 – – De peso inferior o igual a 150 g/m2

4805.25 – – De peso superior a 150 g/m2

4805.30 – Papel sulfito para envolver.

4805.40 – Papel y cartón filtro.

4805.50 – Papel y cartón fieltro, papel y cartón lana.

Los demás:

4805.91 – – De peso inferior o igual a 150 g/m2.

4805.92 – – De peso superior a 150 g/m2 pero inferior a 225 g/m2.

4805.93 – – De peso superior o igual a 225 g/m2.

Esta partida comprende el papel y cartón sin estucar ni recubrir fabricado mecánicamente, en bobinas (rollos) u hojas (en cuanto a las dimensiones, véase la Nota 8 de este Capítulo), con excepción de los artículos comprendidos en las partidas 48.01 a 48.04. Sin embargo, se excluyen ciertos papeles, cartones especiales o artículos especiales (partidas 48.06 a 48.08 y partidas 48.12 a 48.16), así como el papel y cartón sometido a tratamientos distintos de los autorizados por la Nota 3. Por ejemplo, el papel o cartón recubierto o impregnado de las partidas 48.09 a 48.11.

Entre los papeles y cartones de esta partida, se pueden citar:

1) El papel semiquímico para acanalar definido en la Nota de subpartida 3 de este Capítulo.

2) El papel y cartón multicapas que se obtiene comprimiendo en húmedo dos o más capas de pasta de las que, una por lo menos, tiene características diferentes de las otras. Estas diferencias pueden proceder de la naturaleza de la pasta (por ejemplo, pasta de fibras recicladas) o del procedimiento de obtención (por ejemplo, pasta mecánica, pasta química), o, para pastas de la misma naturaleza y obtenidos por los mismos procedimientos, del grado de elaboración de la pasta (por ejemplo, cruda, blanqueada o coloreada).

3) El papel sulfito para envolver definido en la Nota 6 de subpartida de este Capítulo. El término “fibras de madera” en este punto no comprende las fibras de bambú.

4) El papel y cartón filtro (incluido el papel para bolsitas de té).

5) El papel y cartón fieltro.

6) El papel secante.

También están excluidos de esta partida los tableros de fibra de madera (partida 44.11).


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Notas Explicativas de Subpartida.

Subpartida 4805.19

La subpartida 4805.19 comprende el papel para acanalar Wellenstoff, que es un papel en bobinas (rollos) fabricado principalmente con pasta de papel o cartón reciclados (desperdicios y desechos) al que se han añadido aditivos (por ejemplo, almidón), y cuyo peso mínimo es igual o superior a 100 g/m2y su resistencia a la compresión, según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) es superior a 1.6 newtons/g/m2 para una humedad relativa del 50% a una temperatura de 23 ºC.

Subpartida 4805.40

El papel y el cartón filtro son productos porosos, exentos de fibras de madera obtenidos por procedimiento mecánico o semiquímico, sin encolar, destinados a retener las partículas sólidas contenidas en líquidos o gases. Se obtienen a partir de pasta de trapos o de pasta química o de una mezcla de estas pastas y también pueden contener fibras sintéticas o fibras de vidrio. La dimensión de los poros está determinada por la de las partículas que deben quedar retenidas. Se pueden citar principalmente los papeles y cartones filtro para la fabricación de saquitos (o bolsas) de té, de filtros de café, de filtros para automóviles así como los papeles y cartones para filtros de análisis, que no deben ser ni ácidos ni alcalinos y deben tener un bajo contenido de cenizas.

Subpartida 4805.50

El papel y cartón fieltro y el papel y cartón lana son productos hechos con una masa fibrosa fuertemente absorbente. Para su fabricación se emplean desperdicios y desechos de papel o cartón, pasta de madera o desperdicios textiles en forma de fibras. Estos productos presentan generalmente un feo aspecto gris azulado, con las superficies toscamente fibrosas y mezcladas de impurezas. Se emplean principalmente para la fabricación de cartones para techos y como armadura para artículos de estuchería y de marroquinería.

48.06 PAPEL Y CARTON SULFURIZADOS, PAPEL RESISTENTE A LAS GRASAS, PAPEL VEGETAL, PAPEL CRISTAL Y DEMAS PAPELES CALANDRADOS TRANSPARENTES O TRANSLUCIDOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS.

4806.10 – Papel y cartón sulfurizados (pergamino vegetal).

4806.20 – Papel resistente a las grasas (“greaseproof”).

4806.30 – Papel vegetal (papel calco).

4806.40 – Papel cristal y demás papeles calandrados transparentes o translúcidos.

El papel sulfurizado (llamado también papel pergamino o pergamino vegetal) se obtiene sometiendo una hoja de papel de buena calidad sin aprestar y sin carga, durante algunos segundos, a la acción de un baño de ácido sulfúrico, que hidroliza la celulosa y la transforma parcialmente en amiloide, materia gelatinosa e impermeable. Después de un lavado completo y secado, este papel, mucho más resistente que el papel original, es translúcido, impermeable a las grasas y, en gran medida, al agua y a los gases. Las calidades más pesadas y más rígidas, así como los artículos obtenidos laminando en húmedo dos o más hojas de papel sulfurizado se llaman cartón pergamino.

Se fabrican papeles similares por un procedimiento análogo, añadiendo a la pasta óxido de titanio. El papel así obtenido se considera papel sulfurizado, pero es opaco.

El papel sulfurizado se utiliza como envase protector de grasas (tales como la mantequilla (manteca) o la manteca de cerdo) y otros artículos, para el empaque de la dinamita, como membrana en los procesos de ósmosis o diálisis, como papel para diplomas o para dibujar, para la fabricación de tarjetas de felicitación, etc. El cartón pergamino se emplea para la encuadernación como sustituto de las pieles apergaminadas, la fabricación de pantallas de lámparas, artículos de viaje, etc.

El papel sulfurizado por una sola cara (para la fabricación de ciertos papeles para decorar) está también clasificado en esta partida.

El papel resistente a las grasas (“greaseproof”) o símil-sulfurizado se obtiene simplemente por un refinado especial de la pasta (habitualmente pasta al sulfito), cuyas fibras han sido fuertemente aplastadas e hidrolizadas por un batido prolongado en agua. Este papel es translúcido y, en gran medida, impermeable a las grasas; casi nunca está satinado. Se emplea para los mismos usos que el papel sulfurizado pero, por su precio menos elevado, se utiliza más especialmente para el envasado de productos grasos alimenticios. Se parece al papel sulfurizado pero tiene menor resistencia al agua.

El papel sulfurizado y el papel resistente a la grasa se hacen más flexibles y translúcidos por un apresto ligero de glicerol, glucosa, etc., durante el acabado. Este tratamiento no modifica la clasificación del papel.

El papel resistente a la grasa se distingue del papel sulfurizado por la resistencia a la disgregación en el agua: empapado durante varios minutos, el papel sulfurizado se rasga difícilmente y el rasgado se produce sin barbas, mientras que el papel resistente a la grasa tratado del mismo modo se rasga fácilmente y el rasgado está erizado de fibras arrancadas.

A partir de pasta cuyo refinado no ha sido tan prolongado y cuyas fibras no se han hidrolizado de manera tan completa, se obtiene un papel similar al papel resistente a la grasa (imitación “greaseproof”) igualmente impermeable a las materias grasas, pero en menor grado. Para aumentar la transparencia y el brillo de este papel, se mezcla a veces con la pasta una emulsión de parafina o de estearina.

El papel vegetal (papel calco), que es un papel similar al resistente a la grasa y se obtiene por un refinado muy avanzado para aumentar la transparencia. Están igualmente comprendidos aquí los demás tipos de papel vegetal.

El papel cristal se fabrica del mismo modo que el papel resistente a la grasa, pero en la fase final de fabricación se somete a operaciones repetidas de humidificación y glaseado a presión entre los cilindros calientes de una supercalandra para aumentar la transparencia. Se fabrican hoy papeles calandrados transparentes similares por un procedimiento análogo, añadiendo a la pasta plástico u otras materias.

Aunque generalmente el papel cristal no está coloreado, se fabrican también variedades coloreadas (papel calandrado translúcido) añadiendo a la pasta materias colorantes. Estos papeles, aunque la mayoría son menos impermeables que el papel sulfurizado o el papel resistente a la grasa, pueden utilizarse como papel de embalaje para alimentos, golosinas, flores, para la fabricación de sobres de ventanilla, etc.; cortado en cintas finas, se utiliza como materia de acondicionamiento, para los bombones, por ejemplo.

En cuanto a las dimensiones de los productos de esta partida, véase la Nota 8 de este Capítulo.

Se excluye de esta partida el papel impermeabilizado al agua o a las materias grasas por estucado, impregnación o procesos similares, después de la fabricación (partidas 48.09 o 48.11).

48.07 PAPEL Y CARTON OBTENIDOS POR PEGADO DE HOJAS PLANAS, SIN ESTUCAR NI RECUBRIR EN LA SUPERFICIE Y SIN IMPREGNAR, INCLUSO REFORZADOS INTERIORMENTE, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS.

Esta partida comprende el papel y cartón obtenido fijando una sobre otra, por medio de un adhesivo, dos o más capas de papel o de cartón. Estos artículos pueden estar compuestos de papel o de cartón de cualquier especie y el adhesivo utilizado puede ser de origen animal, vegetal o mineral, por ejemplo, cola, dextrina, alquitrán, asfalto, látex.

Los productos de esta partida se distinguen de los artículos de las partidas precedentes -realizados durante la fabricación por superposición de capas de papel soldadas sin aglutinante por simple compresión- por el hecho de que, después de sumergirlos en agua o en cualquier disolvente apropiado, se dividen fácilmente en las diversas capas sobre las cuales aparece la cola utilizada; estas diferentes capas constitutivas se separan también generalmente por la combustión del papel.

El papel y cartón unido por encolado y en el que la materia adhesiva desempeña además la misión de producto de impermeabilización (el duo-Kraft al alquitrán, en particular), así como el papel y cartón reforzado interiormente con betún, alquitrán, asfalto, un alma de materias textiles u otra materia (tela de materias textiles o metálica, plástico, etc.) quedan clasificados en esta partida, si conservan las características esenciales del papel y del cartón; estos artículos se utilizan sobre todo para embalaje.

Productos de calidad superior, cuyas distintas capas son poco apreciables, se utilizan para la impresión o la escritura. Otras calidades se utilizan para la fabricación de cajas o la encuadernación.

En cuanto a las dimensiones de los artículos de esta partida, véase la Nota 8 de este Capítulo.

Los tableros de fibra se excluyen de la presente partida (partida 44.11).

48.08 PAPEL Y CARTON CORRUGADOS (INCLUSO REVESTIDOS POR ENCOLADO), RIZADOS (“CREPES”), PLISADOS, GOFRADOS, ESTAMPADOS O PERFORADOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS, EXCEPTO EL PAPEL DE LOS TIPOS DESCRITOS EN EL TEXTO DE LA PARTIDA 48.03.

4808.10 – Papel y cartón corrugados, incluso perforados.

4808.20 – Papel Kraft para sacos (bolsas), rizado (“crepé”) o plisado, incluso gofrado, estampado o perforado.

4808.30 – Los demás papeles Kraft, rizados (“crepé”) o plisados, incluso gofrados, estampados o perforados.

4808.90 – Los demás.

Esta partida comprende una variedad de papeles o cartones presentados en bobinas (rollos) u hojas, cuya característica común es haber sido sometidos, durante la fabricación o después, a trabajos tales que la superficie ya no es lisa ni uniforme. En cuanto a las dimensiones de los artículos de esta partida, véase la Nota 8 de este Capítulo. Esta partida comprende:

1) El papel y cartón corrugado.


2) El papel y cartón rizado o plisado.
3) El papel y cartón gofrado o estampado.
4) El papel y cartón perforado.
Se excluyen de esta partida, además de los artículos de las partidas 48.03 y 48.18:

a) El papel con el grano natural resaltado, principalmente el papel para dibujar (partidas 48.02 o 48.05).

b) El cartón perforado para mecanismo Jacquard, el papel encaje y el papel bordado (partida 48.23).

c) Las tarjetas, discos y rollos, de papel o cartón perforados para instrumentos mecánicos de música (partida 92.09).

48.09 PAPEL CARBON (CARBONICO), PAPEL AUTOCOPIA Y DEMAS PAPELES PARA COPIAR O TRANSFERIR (INCLUIDO EL ESTUCADO O CUCHE, RECUBIERTO O IMPREGNADO, PARA CLISES DE MIMEOGRAFO (“STENCILS”) O PARA PLANCHAS OFFSET), INCLUSO IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS.

4809.20 – Papel autocopia.

4809.90 – Los demás.

Esta partida comprende ciertos papeles recubiertos, impregnados u obtenidos de otro modo, presentados en bobina (rollos) o en hojas. Las dimensiones previstas para los productos de esta partida se estipulan en la Nota 8 del Capítulo. Cuando no responden a estos criterios, estos papeles se clasifican en la partida 48.16. En la Nota Explicativa de la partida 48.16 figura una descripción detallada de estos papeles.

Se excluyen de esta partida:

a) Las hojas para el marcado a fuego (partida 32.12).

b) El papel sensibilizado (partida 37.03, generalmente).

48.10 PAPEL Y CARTON ESTUCADOS POR UNA O LAS DOS CARAS CON CAOLIN U OTRAS SUSTANCIAS INORGANICAS, CON AGLUTINANTE O SIN EL, CON EXCLUSION DE CUALQUIER OTRO ESTUCADO O RECUBRIMIENTO, INCLUSO COLOREADOS O DECORADOS EN LA SUPERFICIE O IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS DE FORMA CUADRADA O RECTANGULAR, DE CUALQUIER TAMAÑO.

Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10% en peso del contenido total de fibra:

4810.13 – – En bobinas (rollos).

4810.14 – – En hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, medidos sin plegar.

4810.19 – – Los demás.

Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10% en peso del contenido total de fibra:

4810.22 – – Papel estucado o cuché ligero (liviano) (“L.W.C.).

4810.29 – – Los demás.

Papel y cartón Kraft, excepto los de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos:

4810.31 – – Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra, de peso inferior o igual a 150g/m2. .

4810.32 – – Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 150g/m2.

4810.39 – – Los demás.

Los demás papeles y cartones:

4810.92 – – Multicapas.

4810.99 – – Los demás.

Las sustancias inorgánicas distintas del caolín utilizadas comúnmente para el estucado son principalmente, el sulfato de bario, silicato de magnesio, carbonato de calcio, sulfato de calcio, óxido de zinc y polvo metálico (véanse las Consideraciones generales de este Capítulo que tratan del papel y cartón estucado o recubierto). Las materias inorgánicas de estucado previstas en el texto de la partida pueden contener pequeñas cantidades de sustancias orgánicas, principalmente para mejorar las características superficiales del papel.

Esta partida comprende, siempre que esté estucado con caolín u otras sustancias inorgánicas el papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, incluido el papel utilizado en impresoras y en fotocopiadoras (el papel cuché o estucado ligero de esta categoría se define en la Nota 7 de subpartida de este Capítulo; en la definición, los términos “fibras de madera” no comprenden las fibras de bambú), así como el papel y cartón Kraft y el papel y cartón multicapas definido en la Nota explicativa de la partida 48.05.

Esta partida comprende solo el papel y cartón que se presente en tiras o bobinas (rollos) o en hojas cuadradas o rectangulares de cualquier tamaño. Cortados de otra forma se clasifican en otras partidas de este Capítulo (por ejemplo, partidas 48.17, 48.21 o 48.23).

Se excluyen de esta partida:

a) El papel perfumado y el papel impregnado o recubierto de cosméticos (Capítulo 33).

b) El papel y cartón sensibilizado de las partidas 37.01 a 37.04.

c) Las hojas y tiras impregnadas de reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22).

d) Papeles para copiar de las partidas 48.09 o 48.16.

e) El papel para decorar y revestimientos similares de paredes, así como el papel para vidrieras (partida 48.14).

f) Las tarjetas para correspondencia y los demás artículos de papel cartón para correspondencia de la partida 48.17.

g) Los abrasivos con soporte de papel o cartón (partida 68.05) o la mica, excepto el polvo de mica, con soporte de papel (partida 68.14

h) Las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de papel o cartón (generalmente, Secciones XIV ó XV).


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Notas Explicativas de Subpartida.

Subpartidas 4810.13, 4810.14, 4810.19, 4810.22 y 4810.29

El papel y cartón comprendido en estas cinco subpartidas es el mismo que sin estucar se clasifica en la partida 48.02.

Subpartida 4810.92

El papel y cartón multicapas se describe en la Nota explicativa de la partida 48.05.

48.11 PAPEL, CARTON, GUATA DE CELULOSA Y NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA, ESTUCADOS, RECUBIERTOS, IMPREGNADOS O REVESTIDOS, COLOREADOS O DECORADOS EN LA SUPERFICIE O IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS DE FORMA CUADRADA O RECTANGULAR, DE CUALQUIER TAMAÑO, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LOS TIPOS DESCRITOS EN EL TEXTO DE LAS PARTIDAS 48.03, 48.09 O 48.10.

4811.10 – Papel y cartón alquitranados, embetunados o asfaltados.

Papel y cartón engomados o adhesivos:

4811.41 – – Autoadhesivos.

4811.49 – – Los demás.

Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de plástico (excepto los adhesivos):

4811.51 – – Blanqueados, de peso superior a 150 g/m2 .

4811.59 – – Los demás.

4811.60 – Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de cera, parafina, estearina, aceite o glicerol.

4811.90 – Los demás papeles, cartones, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa.

El papel y cartón sólo se clasifican en esta partida si se presentan en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, cualquiera que sea su tamaño. Si se presentan cortados de otra forma, se clasifican en una de las partidas posteriores de este Capítulo (por ejemplo, partida 48.23). Salvo lo dispuesto anteriormente y las exclusiones recogidas en el texto de la partida y al final de esta Nota explicativa, están comprendidos aquí los productos siguientes presentados en bobinas (rollos) o en hojas:

A) El papel, cartón, guata de celulosa y la napa de fibras de celulosa en las que una o las dos caras estén total o parcialmente estucadas con materias distintas del caolín o de otras materias inorgánicas (por ejemplo, el papel termosensible utilizado en máquinas de telefax).

B) El cartón, papel, guata de celulosa y la napa de fibras de celulosa impregnados (véanse las Consideraciones generales de este Capítulo: papel y cartón impregnado).

C) El cartón, papel, guata de celulosa y la napa de fibras de celulosa revestidos o recubiertos, siempre que, en el caso de los papeles y cartones recubiertos o revestidos de plástico, el espesor de esta última sea inferior o igual a la mitad del espesor total (véase la Nota 2 g) de este Capítulo).


D) El papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa coloreados en la superficie con uno o varios colores, incluido el papel y cartón indiana o jaspeado en la superficie, así como los que lleven impresiones o ilustraciones de carácter accesorio que no modifiquen el destino inicial o permita considerarlos como artículos del Capítulo 49 (véase la Nota 12 y las Consideraciones generales de este Capítulo: papel y cartón coloreado o impreso).

Se excluyen de esta partida:

a) La guata de celulosa impregnada o recubierta de sustancias farmacéuticas, etc., de la partida 30.05.

b) El papel perfumado y el papel impregnado o recubierto de maquillaje (Capítulo 33).

c) El papel y la guata de celulosa impregnados, revestidos o recubiertos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de cremas para el calzado, betunes, encáusticos, abrillantadores o preparaciones similares (partida 34.05).

d) El papel y cartón sensibilizado de las partidas 37.01 a 37.04.

e) El papel tornasol y el papel buscapolos y los demás papeles impregnados de reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22).

f) Los productos constituidos por una capa de papel o de cartón revestida o recubierta de una capa de plástico, cuando el espesor de esta última sea superior a la mitad del espesor total (Capítulo 39).

g) El papel con simples líneas al agua que pueda utilizarse como papel rayado (partidas 48.02, 48.04 o 48.05).

h) El papel para decorar y revestimientos similares de paredes y el papel para vidrieras (partida 48.14).

ij) Las tarjetas para correspondencia y demás artículos de papel o cartón de la partida 48.17.

k) Las placas para tejados constituidas por un soporte de cartón fieltro inmerso en asfalto o un producto similar o recubierto en las dos caras con una capa de esta materia (partida 68.07).

48.12 BLOQUES Y PLACAS, FILTRANTES, DE PASTA DE PAPEL.

Los artículos comprendidos en esta partida se componen de fibras vegetales (algodón, lino, madera, etc.) con elevado contenido de celulosa, aglomerados por simple presión, sin añadir aglomerante, para formar bloques o placas de poca consistencia.

Las fibras vegetales pueden emplearse solas o mezcladas con fibras de amianto; sin embargo, en este último caso, los bloques y placas sólo se clasifican aquí si conservan el carácter de artículos de pasta de papel.

Las fibras se reducen primero a pasta y, dado el uso final de estos artículos, deben estar totalmente exentos de cualquier impureza para no dar a los líquidos filtrados ni olor, ni gusto, ni coloración.

Los bloques y placas filtrantes se pueden fabricar también aglomerando dos o más hojas (a veces formadas a mano) de fibras tratadas así.

Los bloques y placas filtrantes se utilizan en los aparatos para clarificar líquidos: vino, alcoholes, cerveza, vinagre, etc. Se clasifican aquí sin tener en cuenta ni la forma ni la dimensión.

Se excluyen de esta partida:

a) Los línteres de algodón simplemente comprimidos en placas u hojas (partida 14.04).

b) Los demás artículos de papel empleados para el filtrado de líquidos, y principalmente el papel y cartón filtro (partidas 48.05 o 48.23), y la guata de celulosa (partidas 48.03 o 48.23).

48.13 PAPEL DE FUMAR, INCLUSO CORTADO AL TAMAÑO ADECUADO, EN LIBRILLOS O EN TUBOS.

4813.10 – En librillos o en tubos.

4813.20 – En bobinas (rollos) de anchura inferior o igual a 5 cm.

4813.90 – Los demás.

Esta partida comprende el papel de fumar (incluido el papel que envuelve la armadura del filtro en las boquillas y el papel que sirve para unir la boquilla con el resto del cigarrillo), cualquiera que sea la forma o la presentación. En general, el papel de fumar se presenta en una de las formas siguientes:

1) En hojas, reunidas en librillos (incluso con viñetas o impresiones), de las dimensiones adecuadas para hacer el cigarrillo a mano.

2) En tubos de longitud igual a la de un cigarrillo.

3) En bobinas (rollos) cortadas en la longitud necesaria para utilizarlas en las máquinas de hacer cigarrillos (generalmente 5 cm como máximo).

4) En bobinas (rollos) de anchura superior a 5 cm.

Este papel de gran calidad, que se obtiene generalmente a partir de pastas de cáñamo o de lino, es generalmente muy delgado y resistente; está generalmente verjurado o afiligranado y, cuando contiene materias de carga, éstas difieren de las que se emplean habitualmente para otros papeles. Son generalmente blancos y pueden a veces estar coloreados o impregnados con diversas sustancias, tales como el nitrato de potasio, creosota o jugo de regaliz.

El papel de fumar puede estar recubierto en los bordes de cera, parafina, polvos metálicos y otras sustancias impermeables; los tubos suelen estar revestidos en uno de los extremos con papel más fuerte, corcho, paja, seda, etc., o con filtro generalmente constituido por una pequeña espiral de papel rizado, guata de celulosa o de fibras de acetato de celulosa.

48.14 PAPEL PARA DECORAR Y REVESTIMIENTOS SIMILARES DE PAREDES; PAPEL PARA VIDRIERAS.

4814.10 – Papel granito (“ingrain”).

4814.20 – Papel para decorar y revestimientos similares de paredes, constituidos por papel recubierto o revestido, en la cara vista, con una capa de plástico graneada, gofrada, coloreada, impresa con motivos o decorada de otro modo.

4814.90 – Los demás.


A.- PAPEL PARA DECORAR Y REVESTIMIENTOS SIMILARES DE PAREDES.

De acuerdo con la Nota 9 de este Capítulo, la expresión papel para decorar y revestimientos similares de paredes se aplica:

a) Al papel en bobinas (rollos) de ancho superior o igual a 45 cm, pero inferior o igual a 160 cm, adecuado para la decoración de paredes o de techos y que responda, además, a una de las condiciones siguientes:


b) A las cenefas y frisos, que son tiras de papel estrechas, tratadas como los anteriores (por ejemplo, gofradas, impresas con motivos, decoradas en la superficie con una mezcla de aceite secante y de cargas, revestidas o recubiertas con plástico), incluso en rollos y adecuadas para la decoración de paredes y techos.

c) A los revestimientos de papel para paredes constituidos por varios paneles impresos de modo que formen un paisaje, un cuadro o un motivo, después de colocados en la pared (se conocen también con el nombre de decorados fotográficos murales). Los paneles pueden ser de cualquier dimensión y presentarse en bobinas o en hojas.


B.- PAPEL PARA VIDRIERAS

Este artículo está constituido por un papel delgado y resistente, transparente y fuertemente glaseado. Tiene impresiones decorativas variadas, casi siempre coloreadas, y se utiliza para pegarlo en los cristales con fines ornamentales o, más sencillamente, para atenuar la transparencia. También pueden presentar impresiones o ilustraciones para utilizarse, por ejemplo, con fines publicitarios o en los escaparates.

El papel para vidrieras puede presentarse en bobinas (rollos), en hojas o incluso cortado en formas variadas adecuadas para la colocación directa sobre los cristales. Finalmente, puede estar recubierto de un producto adhesivo.

Se excluyen de esta partida:

a) Los revestimientos de paredes adhesivos constituidos únicamente por una hoja de plástico sobre la que se ha aplicado un papel protector que se separa en el momento de utilizarlos (Capítulo 39).

b) Los revestimientos de paredes constituidos por hojas de chapado o de corcho con un soporte de papel (partidas 44.08, 45.02 o 45.04).

c) Los artículos análogos a los revestimientos de paredes, pero gruesos y rígidos, constituidos, por ejemplo, por una capa de plástico, soporte de cartón, normalmente presentados en bobinas (rollos) más anchos (por ejemplo, 183 cm), que se utilizan como cubresuelos o como revestimientos de paredes (principalmente partida 48.11).

d) Las calcomanías que se parecen a veces al papel para vidrieras (partida 49.08).

e) Los revestimientos de paredes, de materias textiles con un soporte de papel (partida 59.05).

f) Los revestimientos de paredes constituidos por una hoja delgada de aluminio con soporte de papel (partida 76.07).


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Nota Explicativa de Subpartida.

Subpartida 4814.10

Se considera papel granito (“ingrainn”) el papel descrito en la Nota 9 a) 2) de este Capítulo.

48.16 PAPEL CARBON (CARBONICO), PAPEL AUTOCOPIA Y DEMAS PAPELES PARA COPIAR O TRANSFERIR (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA 48.09), CLISES DE MIMEOGRAFO (“STENCILS”) COMPLETOS Y PLANCHAS OFFSET, DE PAPEL, INCLUSO ACONDICIONADOS EN CAJAS.

4816.20 – Papel autocopia.

4816.90 – Los demás.

Esta partida comprende el papel recubierto o a veces impregnado que permite reproducir por presión (por ejemplo, con los caracteres de la máquina de escribir), por humidificación, entintado, etc., un documento original en un número variable de ejemplares.

Estos papeles sólo están comprendidos aquí cuando se presentan en rollos de ancho inferior o igual a 36 cm o en hojas cuadradas o rectangulares en las que ningún lado sea superior de 36 cm, sin plegar, o cortados de forma distinta de la cuadrada o rectangular; si se presentan de otro modo, se clasifican en la partida 48.09. Los clisés o esténciles completos y las planchas offset no están sometidos a ninguna condición de dimensión. Los papeles de esta partida están generalmente acondicionados en cajas.

Según el procedimiento de reproducción que utilizan, pueden agruparse en tres categorías:


A. - PAPELES QUE REPRODUCEN EL DOCUMENTO ORIGINAL
POR TRANSFERENCIA A OTRA SUPERFICIE DE UNA PARTE
O DE LA TOTALIDAD DEL RECUBRIMIENTO O DE LA MATERIA
CON LA QUE ESTAN IMPREGNADOS

Pertenecen a esta categoría, principalmente:

1) El papel carbón y los papeles similares.

Estos papeles están formados por papel recubierto o a veces impregnado con grasas, cera, parafina, etc., mezcladas con negro de humo u otros colorantes. Se utilizan para obtener copias de dibujos o de textos mecanografiados o manuscritos, por impresión directa sobre papel común.

Estos papeles pueden presentarse en forma de:


2) El papel autocopia.
3) El papel de transferencia térmica.
B. - PAPEL PARA COPIAR, CLISES DE MULTICOPISTA (ESTENCILES)
COMPLETOS Y PLANCHAS OFFSET QUE REPRODUCEN LOS DOCUMENTOS
POR PROCEDIMIENTOS DISTINTOS DE LOS DESCRITOS EN EL APARTADO A

Esta categoría comprende:

1) El papel clisé de multicopista (papel esténcil) y los clisés de multicopista (esténciles) completos.


2) El papel para planchas offset y las planchas offset.

El papel para planchas offset es un papel revestido por una cara con un recubrimiento especial que le hace impermeable a la tinta litográfica. Las planchas offset permiten reproducir los textos o los dibujos inscritos a mano o a máquina o por otros medios gráficos sobre papel común con máquinas offset de oficina.

El papel de esta partida puede también presentarse en forma de paquetes que combinen varios de los procedimientos de reproducción descritos anteriormente. Tal es el caso, en particular, de los constituidos por un papel recubierto en una cara con una tinta especial que permite repro­ducir, como con papel carbón y en negativo, un texto o un dibujo sobre un segundo papel tratado de manera análoga a los descritos en el apartado B 2). Este último papel, fijado sobre un soporte del tipo apropiado, permite reproducir en positivo y en múltiples ejemplares, el texto o los dibujos originales, por transferencia sobre un papel común, de la tinta depositada en su superficie durante la operación precedente.

El papel para copiar o reportar con dibujos o textos para reproducir se clasifica aquí, aunque se presente en forma de obras encuadernadas.

Se excluyen de esta partida:

a) El papel para marcado a fuego constituido por hojas delgadas recubiertas de metales, de polvos metálicos o de pigmentos, que se utiliza, por ejemplo para el marcado de las encuadernaciones o las guarniciones interiores de sombreros (partida 32.12).

b) Los papeles y cartones sensibilizados de las partidas 37.01 a 37.04.

c) Las pastas a base de gelatina con soporte de papel para reproducciones gráficas (partida 38.24).

d) Los clisés de multicopista (esténciles) para copiadoras constituidos por una lámina de plástico fijada sobre un soporte de papel separable, cortado en formatos y perforado en uno de los extremos (Capítulo 39).

e) Los papeles impregnados con un producto sensible al calor utilizados para obtener copia de un documento original directamente por ennegrecimiento del producto de impregnación (termocopia) (partidas 48.11 o 48.23).

f) Los impresos en paquetes o plegados, aunque lleven papel carbón (partida 48.20).

g) Las calcomanías (partida 49.08).

48.17 SOBRES, SOBRES CARTA, TARJETAS POSTALES SIN ILUSTRAR Y TARJE­TAS PARA CORRESPONDENCIA, DE PAPEL O CARTON; CAJAS, BOLSAS Y PRESENTACIONES SIMILARES, DE PAPEL O CARTON, CON UN SURTI­DO DE ARTICULOS DE CORRESPONDENCIA.

4817.10 – Sobres.

4817.20 – Sobres carta, tarjetas postales sin ilustrar y tarjetas para correspon­dencia.

4817.30 – Cajas, bolsas y presentaciones similares de papel o cartón, con un surtido de artículos de correspondencia.

Esta partida comprende los artículos de papel o cartón para la correspondencia, con excepción, sin embargo, del papel de cartas en hojas separadas o en bloques y salvo las exclusiones que se mencionan más adelante.

Ciertos artículos pueden llevar indicaciones impresas, tales como iniciales, nombres, direcciones, blasones, marcas de fábrica, viñetas, etc., siempre que estas inscripciones conserven un carácter accesorio en relación con la utilización de estos productos.

Los sobres carta están constituidos por una hoja de papel con los bordes o las esquinas engomadas (y a veces perforadas) que sirven para plegarlas y prescindir del sobre.

Las tarjetas postales sin ilustrar comprendidas aquí deben llevar indicaciones impresas relativas, por ejemplo, a la dirección o a la colocación del sello.

Las tarjetas para correspondencia sólo se clasifican en esta partida si llevan trabajos indicativos de un uso específico (bordes festoneados, cantos dorados, esquinas redondeadas, iniciales, nombres, etc.), a falta de lo cual se consideran papel cortado de las partidas 48.02, 48.10, 48.11 o 48.23, según el caso.

Esta partida comprende también las cajas, bolsas y presentaciones similares, de papel o cartón, que contengan un surtido de artículos de correspondencia.

Se excluyen, además, de esta partida:

a) Las hojas de papel de cartas, incluso plegadas o con indicaciones impresas, o acondicionadas (por ejemplo, en cajas) (partida 48.02, 48.10 o 48.11, según el caso).

b) Los bloques de papel de cartas, los bloques memorandos, etc. de la partida 48.20.

c) Las tarjetas postales, sobres-carta y sobres con el valor postal impreso (artículos franqueados) (partida 49.07).

d) Las tarjetas postales impresas o ilustradas y las tarjetas impresas de la partida 49.09.

e) Las cartas con indicaciones impresas y artículos similares impresos, utilizados para transmitir notas, anuncios, etc., aunque las impresiones deban completarse posteriormente con indicaciones manuscritas (partida 49.11).

f) Los sobres y las cartas “máximas” ilustradas, para emisiones primer día, sin sellos postales (partida 49.11) o bien con sellos (partida 97.04).

48.18 PAPEL DEL TIPO UTILIZADO PARA PAPEL HIGIENICO Y PAPE­LES SIMILARES, GUATA DE CELULOSA O NAPA DE FIBRAS DE CELULO­SA, DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA FINES DOMESTICOS O SANI­TARIOS, EN BOBINAS (ROLLOS) DE UNA ANCHURA INFERIOR O IGUAL A 36 cm O CORTADOS EN FORMATO; PAÑUELOS, TOALLITAS DE DESMAQUILLAR, TOALLAS, MANTELES, SERVILLETAS, PAÑALES PARA BE­BES, COMPRESAS Y TAMPONES HIGIENICOS, SABANAS Y ARTICULOS SIMILARES PARA USO DOMESTICO, DE TOCADOR, HIGIENICO O DE HOSPITAL, PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, DE PASTA DE PAPEL, PAPEL, GUATA DE CELULOSA O NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA.

4818.10 – Papel higiénico.

4818.20 – Pañuelos, toallitas de desmaquillar y toallas.

4818.30 – Manteles v servilletas.

4818.40 – Compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés y artículos higiénicos similares.

4818.50 – Prendas y complementos (accesorios), de vestir.

4818.90 – Los demás.

Esta partida comprende el papel higiénico y los papeles similares, la guata de celulosa o la napa de fibras de celulosa, para uso doméstico o sanitario:

1) en tiras o bobinas (rollos) de una anchura inferior o igual a 36 cm;

2) en hojas cuadradas o rectangulares cuyos lados no excedan de 36 cm, sin plegar;

3) cortado de forma distinta de la cuadrada o rectangular.

Esta partida también comprende los artículos de uso doméstico, de tocador, higiénico u hospitalario y las prendas y complementos (accesorios) de vestir de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa.

Los productos de esta partida se fabrican generalmente con las materias de la partida 48.03.

Se excluyen de esta partida:

a) La guata de celulosa impregnada o recubierta de sustancias farmacéuticas o acondicionada para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios (partida 30.05).

b) El papel perfumado y el papel impregnado o recubierto de maquillaje (Capítulo 33).

c) El papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de betún o cremas para el calzado, encáusticos o preparaciones similares (partida 34.05).

d) Los artículos del Capítulo 64.

e) Los artículos de sombrerería y las partes de artículos de sombrerería del Capítulo 65.

48.19 CAJAS, SACOS (BOLSAS), BOLSITAS, CUCURUCHOS Y DEMAS ENVASES DE PAPEL, CARTON, GUATA DE CELULOSA O NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA; CARTONAJES DE OFICINA, TIENDA O SIMILARES.

4819.10 – Cajas de papel o cartón corrugado.

4819.20 – Cajas y cartonajes, plegables, de papel o cartón, sin corrugar.

4819.30 – Sacos (bolsas) con una anchura en la base superior o igual a 40 cm.

4819.40 – Los demás sacos (bolsas); bolsitas y cucuruchos.

4819.50 – Los demás envases, incluidas las fundas para discos.

4819.60 – Cartonajes de oficina, tienda o similares.

A) Cajas, sacos, bolsas, cucuruchos y demás envases.


B) Cartonajes de oficina, tienda o similares.
Se excluyen de esta partida:

a) Los artículos de la partida 42.02 (artículos de viaje, etc.).

b) Las cajas y continentes de cestería de papel (partida 46.02).

c) El papel y cartón impreso, recubierto o revestido de la partida 48.11, presentado en bobinas (rollos), destinado a la fabricación de envases, plegado y marcado previamente para facilitar el corte en el momento de la fabricación de envases individuales.

d) Los álbumes para muestrarios o para colecciones (partida 48.20).

e) Los sacos y saquitos, de tejidos de papel, de la partida 63.05.

48.20 LIBROS REGISTRO, LIBROS DE CONTABILIDAD, TALONARIOS (DE NOTAS, PEDIDOS O RECIBOS), AGENDAS, BLOQUES MEMORANDOS, BLOQUES DE PAPEL DE CARTAS Y ARTICULOS SIMILARES, CUADERNOS, CARPETAS DE MESA, CLASIFICADORES, ENCUADERNACIONES (DE HOJAS MOVILES U OTRAS), CARPETAS Y CUBIERTAS PARA DOCUMENTOS Y DEMAS ARTICULOS ESCOLARES, DE OFICINA O DE PAPELERIA, INCLUSO LOS FORMULARIOS EN PAQUETES O PLEGADOS (“MANIFOLD”), AUNQUE LLEVEN PAPEL CARBON (CARBONICO), DE PAPEL O CARTON; ALBUMES PARA MUESTRAS O PARA COLECCIONES Y CUBIERTAS PARA LIBROS, DE PAPEL O CARTON.

4820.10 – Libros registro, libros de contabilidad, talonarios (de notas, pedidos o recibos), bloques memorandos, bloques de papel de cartas, agendas y artículos similares.

4820.20 – Cuadernos.

4820.30 – Clasificadores, encuadernaciones (excepto las cubiertas para libros), carpetas y cubiertas para documentos.

4820.40 – Formularios en paquetes o plegados (“manifold”), aunque lleven papel carbón (carbónico).

4820.50 – Albumes para muestras o para colecciones.

4820.90 – Los demás.

Esta partida comprende diversos artículos de papelería, excepto los artículos de correspondencia de la partida 48.17 y los artículos previstos en la Nota 10 de este Capítulo. Comprenden principalmente:

1) Los registros y libros de contabilidad; los bloques de notas de cualquier clase; las libretas de pedidos o de recibos, los bloques de papel de cartas, los bloques memorandos, las agendas o los cuadernos para listas de teléfonos.

2) Los cuadernos. Pueden contener simplemente hojas de papel rayado pero también pueden incorporar modelos de escritura para copiar en escritura manuscrita.

Sin embargo, los cuadernos para tareas educativas, llamados a veces cuadernos de escritura, con o sin textos narrativos, que contengan cuestiones o ejercicios relativos a los textos sin que revistan un carácter accesorio con relación a su utilización inicial como cuadernos de ejercicios y que tengan espacios para ser completados a mano, se excluyen de esta partida (partida 49.01). Igualmente se excluyen (partida 49.03) los cuadernos de ejercicios para niños que consistan esencialmente en ilustraciones acompañadas de textos complementarios y que sirvan para ejercicios de escritura u otros.

3) Los clasificadores (excepto las cajas de clasificación), encuadernaciones concebidas para encuadernar fascículos o revistas y artículos semejantes como son las encuadernaciones de pinza, de muelle, de tornillos, o de anillas, así como las carpetas y cubiertas para documentos.

4) Los impresos en paquetes o plegados: los impresos en paquetes o plegados están constituidos por varios juegos de impresos de oficina en papel autocopia o con hojas de papel carbón. Estos impresos se utilizan para obtener duplicados y pueden presentarse en tiras o en forma discontinua. Llevan formularios impresos para rellenar.

5) Las hojas intercaladas con papel carbón: son análogas a los paquetes plegados con la diferencia de que no llevan texto impreso ni marcas de identificación tales como membretes. Se utilizan ampliamente para hacer copias múltiples y como la mayor parte de los impresos en paquetes o plegados, las hojas que los componen están unidas con una matriz pegada y perforada.

6) Los álbumes para muestrarios o para colecciones (por ejemplo, sellos o fotografías).

7) Otros artículos de papelería tales como las carpetas de mesa (plegables o no).

8) Las cubiertas para libros (encuadernaciones o cubrelibros), incluso con impresiones (títulos, etc.) o ilustraciones.

Algunos artículos de esta partida pueden a menudo estar revestidos de impresiones, ilustraciones, incluso bastante importantes, y permanecen clasificados aquí (y no en el Capítulo 49), a condición de que las impresiones e ilustraciones tengan un carácter accesorio con respecto a su utilización principal como por ejemplo las impresiones que figuran sobre los formularios (destinados esencialmente a rellenarse a mano o a máquina) y sobre las agendas (destinadas esencialmente a la escritura).

Estas manufacturas pueden además estar encuadernadas con cuero, tejido u otras materias y tener dispositivos o refuerzos de metal, plástico, etc.

La base de los bloques de notas de oficina, de madera. mármol, etc., siguen su propio régimen. Las hojas sin grapar para deberes escolares se clasifican en las partidas 48.02, 48.10, 48.11 o 48.23, según el caso. Ocurre lo mismo con las hojas perforadas para encuadernaciones móviles. Las hojas separadas de álbumes se clasifican según características.

Esta partida no comprende:

a) Los talonarios de cheques (partida 49.07).

b) Los títulos de transportes, como los billetes de viaje multicupón en blanco (partida 49.11).

c) Los billetes de lotería, las “tarjetas para raspar”, y los boletos para rifas y tómbolas (generalmente, partida 49.11).

48.21 ETIQUETAS DE TODAS CLASES, DE PAPEL O CARTON, INCLUSO IMPRESAS.

4821.10 – Impresas.

4821.90 – Las demás.

Esta partida engloba todas las variedades de etiquetas de papel o cartón destinadas a fijarlas a un objeto para indicar la naturaleza, la identidad, el poseedor, el destino, el precio, etc., tanto las concebidas para pegarse (etiquetas engomadas o autoadhesivas) como las que se fijan por otros medios, por ejemplo, por medio de cordones.

Las etiquetas pueden llevar indicaciones impresas o ilustraciones, cualquiera que sea su importancia, estar engomadas, tener ataduras, ganchos u otros dispositivos de fijación o bien estar reforzadas con metal u otras materias. Pueden estar perforadas y presentarse en hojas o reunidas en cuadernos.

Están excluidas las pegatinas impresas, destinadas a utilizarse con fines publicitarios o de simple decoración, por ejemplo, las “pegatinas humorísticas” y las “pegatinas para ventanas” (partida 49.11).

Se excluyen de esta partida las etiquetas que consistan en una lámina bastante fuerte de metal común revestida en una o las dos caras con una hoja delgada de papel, impreso o sin imprimir (partidas 73.26, 76.16, 79.07, etc., u 83.10, según los casos).

Nota Explicativa de Subpartida.

Subpartida 4821.10

Esta subpartida comprende todas las etiquetas impresas, cualquiera que sea la significación o la importancia de la impresión. Así, las etiquetas impresas con líneas o que presenten sólo una orla, o ilustradas simplemente con pequeños motivos u otros símbolos, se consideran “impresas” en el sentido de esta subpartida.

48.22 CARRETES, BOBINAS, CANILLAS Y SOPORTES SIMILARES, DE PASTA DE PAPEL, PAPEL O CARTON, INCLUSO PERFORADOS O ENDURECIDOS.

4822.10 – De los tipos utilizados para el bobinado de hilados textiles.

4822.90 – Los demás.

Esta partida comprende las bobinas, tubos, canillas, carretes, conos y otros soportes similares utilizados para el enrollamiento de hilados textiles o alambres, tanto para uso industrial como para la venta al por menor. Comprende también los tubos y mandriles (con los extremos abiertos o cerrados), así como los tambores y plegadores que se emplean para enrollar tejidos, cintas, encajes o también papel u otras materias.

Estos artículos están constituidos por hojas de papel enrolladas, de cartón o de pasta de papel (véanse las Consideraciones generales del presente Capítulo, penúltimo párrafo) comprimidos o moldeados y a veces perforados. Pueden estar barnizados o endurecidos con un recubrimiento de plástico; sin embargo, los artículos que hayan adquirido así el carácter de manufacturas de plástico estratificado se clasificarán en el Capítulo 39.

Estos soportes pueden llevar en las extremidades refuerzos o guarniciones de madera, metal u otras materias.

Se excluyen de esta partida los diversos soportes de papel o cartón de forma plana (por ejemplo, tarjetas, discos, estrellas) destinados al mismo uso (partida 48.23).

48.23 LOS DEMAS PAPELES, CARTONES, GUATA DE CELULOSA Y NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA, CORTADOS EN FORMATO; LOS DEMAS ARTICULOS DE PASTA DE PAPEL, PAPEL, CARTON, GUATA DE CELULOSA O NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA.

4823.20 – Papel y cartón filtro.

4823.40 – Papel diagrama para aparatos registradores, en bobinas (rollos), hojas o discos.

Bandejas, fuentes, platos, tazas, vasos y artículos similares, de papel o cartón:

4823.61 – – De bambú.

4823.69 – – Los demás.

4823.70 – Artículos moldeados o prensados, de pasta de papel.

4823.90 – Los demás.

Esta partida comprende:

A) El papel y cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, que no estén comprendidos en una de las anteriores partidas de este Capítulo:


B) Los artículos de pasta de papel, papel, cartón, guata de celulosa o napas de fibras de celulosa, que no estén comprendidos en una de las anteriores partidas de este Capítulo, ni estén excluidos por la Nota 2 de este Capítulo.

Entre los artículos comprendidos en esta partida se pueden citar:

1) El papel y cartón filtro, plegado o en discos. Generalmente, estos artículos tienen forma distinta de la cuadrada o rectangular, por ejemplo, circular en el caso del papel o cartón filtro.

2) Los diales impresos, de forma distinta de la cuadrada o rectangular, para aparatos registradores.

3) El papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, no comprendido en las anteriores partidas de este Capítulo, cortados en forma distinta de la cuadrada o rectangular.

4) Las bandejas, platos, vasos, tazas y similares de papel o de cartón.

5) Los artículos moldeados o prensados de pasta de papel.

6) Las tiras (incluso plegadas) sin estucar ni recubrir para cestería, espartería u otros fines, distintos de los gráficos.

7) La lana, paja o fibra de papel para embalaje, compuesta de cintas estrechas entremezcladas.

8) El papel cortado para embalaje de caramelos, frutas, etc.

9) El papel y cartón en discos para pastelería, las arandelas de papel para tarros de confitura; el papel cortado para la fabricación de bolsas.

10) El papel y el cartón perforado para máquinas Jacquard y similares (véase la Nota 11 del presente Capítulo), es decir, con las perforaciones necesarias para el mando de los telares (papel y cartón llamado “picado”).

11) El papel punzonado, el papel bordado y las tiras para vasares.

12) Las juntas de papel.

13) Las cantoneras y esquinas para sellos o fotografías, los recuadros para fotos o grabados y las cantoneras para maletas.

14) Los botes para hilatura, los soportes planos para enrollamiento de hilados, cintas, etc., o cartones moldeados con alvéolos para envasar huevos.

15) Las tripas artificiales de papel impermeabilizado.

16) Los patrones, modelos y plantillas, incluso ensamblados.

17) Los abanicos y paipáis con hojas de papel y montura de cualquier materia, así como sus hojas presentadas aisladamente. Sin embargo, los abanicos o paipáis con montura de metal precioso se clasifican en la partida 71.13.

Además de los productos excluidos por la Nota 2 de este Capítulo, se excluyen igualmente de esta partida:

a) El papel matamoscas (partida 38.08).

b) Las tiras impregnadas con reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22).

c) Los tableros de fibra (partida 44.11).

d) Las tiras sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos de la partida 48.02.

e) Las tiras estucadas, recubiertas, impregnadas o revestidas de la partida 48.10 o 48.11.

f) Los billetes de lotería, las “tarjetas para raspar”, y los boletos para rifas y tómbolas (generalmente, partida 49.11).

g) Las sombrillas de papel (partida 66.01).

h) Las flores, follajes y frutos artificiales, y sus partes (partida 67.02).

ij) Los aisladores y demás piezas para usos eléctricos (Capítulo 85).

k) Los artículos del Capítulo 90 (por ejemplo, los cabestrillos y demás artículos de prótesis o de ortopedia y los modelos para demostraciones, los cuadrantes para aparatos científicos).

l) Las esferas para relojería (partida 91.14).

m) Los cartuchos, tacos y separadores (partida 93.06)

n) Las pantallas (partida 94.05).


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NOTAS:
El texto en color naranja corresponde a la modificación efectuada mediante Decreto publicado el 29/VI/2012Tarifa 2007 Vigente (Circular G-0221/12).
La modificación efectuada a este capítulo el 16/XII/2009(Circular G-0488/09), quedó sin efectos de conformidad con el Art. 3 del Decreto publicado el 29/VI/2012Tarifa 2007 Vigente (Circular G-0221/12).
El texto en color magenta corresponde a la modificación efectuada mediante Acuerdo publicado el 14/X/2009 (Circular G-0416/09).
Estas Notas Explicativas se publicaron el 2 de julio de 2007.


ULTIMO CAMBIO D.O.F. 06/29/2012


  
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