Sección:VIProductos de las industrias químicas o de las industrias conexas
Capítulo:32Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mastiques; tintas
Partida:3208Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio no acuoso; disoluciones definidas en la Nota 4 de este Capítulo.
SubPartida:320820- A base de polímeros acrílicos o vinílicos.
Fracción: 32082002Barnices a base de resinas catiónicas de dimetilaminoetilmetacrilato o a base de resinas aniónicas del ácido metacrílico reaccionadas con ésteres del ácido metacrílico.
U. de Medida: Kg
Arancel
IVA
IVA F.F.
Importación
15*
15
10
Exportación
Ex.
RESTRICCIONES:
En Importación:
Capítulo 2 (Especificaciones) de la NOM-003-SSA1-1993
En Exportación:

ANEXOS:


CUPOS:
Para Importar de:
Perú: Del 1 de enero al 31 de diciembre del 2005 al 2007, barnices, originarios y provenientes de Perú, con la preferencia arancelaria establecida en el Art. Primerodel Decreto para la aplicación del ACE No. 8 suscrito con Perú, publicado el 3/IX/2002 (Art. 5 del Acuerdo 16/I/2006).

Para Exportar a:


OBSERVACIONES:
Generales:

    En Importación:
    * Arancel aplicable a partir del 31 de diciembre de 2004 (Art. Primero DOF 30/XII/2004Tarifa 2002 Vigente).

    Nota 3: Tratándose de barniz para artes gráficas ; o de barniz sin colorear, especial para el curado del cemento en la construcción de carreteras originarios de Honduras, su importación estará exenta de arancel del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006 (Art. 24Tarifa2002del Decreto que establece la tasa aplicable para el 2006 del IGI para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, la AELC, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, publicado el 29 de diciembre de 2005)

    Nota 2: Tratándose de barniz para artes gráficas ; o de barniz sin colorear, especial para el curado del cemento en la construcción de carreteras, originarios de Guatemala, su importación estará exenta de arancel del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006 (Art. 23Tarifa2002del Decreto que establece la tasa aplicable para el 2006 del IGI para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, la AELC, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, publicado el 29 de diciembre de 2005)

    Nota 1: Tratándose de barniz para artes gráficas ; o de barniz sin colorear, especial para el curado del cemento en la construcción de carreteras, originarios de El Salvador, su importación estará exenta de arancel del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006 (Art. 21Tarifa2002del Decreto que establece la tasa aplicable para el 2006 del IGI para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, la AELC, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, publicado el 29 de diciembre de 2005)

    En Exportación:

    Tratados de Libre Comercio
    E.U.A Tarifa2002
    Canadá Tarifa2002
    Colombia Tarifa2002
    Venezuela Tarifa2002
    Bolivia Tarifa2002
    Costa Rica Tarifa2002
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Nicaragua Tarifa2002
    Israel Tarifa2002
    Com. Europea Tarifa2002
    Guatemala Tarifa2002
    El Salvador Tarifa2002
    Honduras Tarifa2002
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Suiza Tarifa2002
    Noruega Tarifa2002
    Islandia Tarifa2002
    Liechtenstein Tarifa2002
    Chile Tarifa2002
    Uruguay.Tarifa2002
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Ex.
    Japón Tarifa2002Tarifa2002
    12.6

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    Programa de Promoción Sectorial Tarifa2002 Tarifa2002 Tarifa2002 Tarifa2002 Tarifa2002 Tarifa2002 Tarifa2002 Tarifa2002 Tarifa2002
    (Vigente a partir del 20/ Noviembre/2000 para Maquiladoras y PITEX, y del 1/ Marzo/2001 para los demás)
    I
    Eléctrica
    II
    Electrónica
    III
    Muebles
    IV
    Juguetes y Deportes
    V
    Calzado
    VI
    Minería y Metalúrgica
    VII
    Bienes de Capital
    VIII
    Fotográfica
    -5
    -Ex.
    -
    -
    -
    -
    -
    -
    IX
    Maquinaria Agrícola
    X
    Diversas
    XI
    Química
    XII
    Caucho y Plástico
    XIII
    Siderúrgica
    XIV
    Fármacos y Medicinas
    XV
    Transporte
    XVI
    Papel y Cartón
    -
    -
    5
    -
    --
    -5
    -
    .XVII
    Madera
    .XVIII
    Cuero y Pieles
    XIX
    Automotriz y Autopartes.
    XX
    Textil y Confección.
    XXI
    Chocolates
    y Dulces.
    XXII
    Café.
    --
    ..
    -.
    .
    .
    .