Sección:IIProductos del reino vegetal
Capítulo:08Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías
Partida:0806Uvas, frescas o secas, incluidas las pasas.
SubPartida:080610- Frescas.
Fracción: 08061001Frescas.
U. de Medida: Kg
Arancel
IVA
IVA F.F.
Importación
45
Ex.
Ex.
Exportación
Ex.
RESTRICCIONES:
En Importación:
Certificado Fitosanitario SAGARPA (El Certificado se expide conforme al Art. 8del Acuerdo, previo cumplimiento de la NOM o de la HRF), Permiso previo SE(Unicamente cuando sean originarias y procedentes de Argentina, Brasil, Cuba, Ecuador, Péru, Panamá o Paragua y se destinen a importación definitiva)(Los Criterios para otorgar el permiso previo se publicaron el 31/V/2006), Capítulo 5 (Etiquetado) de la NOM-120-SCFI-1996

En Exportación:
Certificado Fitosanitario SAGARPA, Únicamente cuando se destinen a EUA que crucen a partir del 18/09/2004 por la Mesa de Otay, San Isidro, Tecate y Calexico, así como por las aduanas de Mexicali, Tijuana, San Luis Río Colorado, Nogales, Naco, Agua Prieta y Ciudad Juárez.(Circulares T-681/2004 y T-685/2004),



ANEXOS:
Anexo 27: Su importación no está sujeta al pago del IVA (R.G. 5.2.13.)


CUPOS:
Para Importar de:

Para Exportar a:


OBSERVACIONES:
Generales:

En Importación:
Nota 1: Del 1 de julio al 31 de octubre de 2007, la importación de uvas frescas, originarias del Japón, identificadas con el código "NJP", estará sujeta a un arancel preferencial del 22.5% (Art. 9Tarifa 2002 Vigentedel Decreto que establece la tasa aplicable del 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008 del IGI para mercancías originarias del Japón, publicado el 27/XI/2006).

Los embarques de este producto que transiten por el Municipio de Tijuana, B.C., están regulados por la NOM-EM-042-FITO-2004, cuyo objetivo es erradicar y evitar la diseminación de la mosca del Mediterráneo Ceratitis capitata.

* Tratándose de uvas originarias de Chile, cuando se importen del 1o. de enero al 14 de abril y del 1o. de junio al 31 de diciembre de cada año, su importación estará exenta de arancel (Art. 7 del Decreto publicado el 31/XII/2003Tarifa2002).

Se sugiere leer las Circulares T-206/2002, T-232/2002, T-404/2002 relacionadas con la importación de este producto.

En Exportación:

Tratados de Libre Comercio
E.U.A Tarifa2002
Canadá Tarifa2002
Colombia Tarifa2002
Venezuela Tarifa2002
Bolivia Tarifa2002
Costa Rica Tarifa2002
Ex
Ex
EXCL.
EXCL.
Ex
Ex
Nicaragua Tarifa2002
Israel Tarifa2002
Com. Europea Tarifa2002
Guatemala Tarifa2002
El Salvador Tarifa2002
Honduras Tarifa2002
Ex.
Arancel General
Ex.
3.3
3.3
3.3
Suiza Tarifa2002
Noruega Tarifa2002
Islandia Tarifa2002
Liechtenstein Tarifa2002
Chile Tarifa2002
Uruguay.Tarifa2002
EXCL
EXCL
EXCL
45*
Ex.
Japón Tarifa2002Tarifa2002
EXCL NJP Nota 1

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