DECRETO: Criterios SE: en materia de permisos previos y de programas de ProSec (ABROGADO)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

La SE, por conducto de la Subsecretaría de Normatividad y Servicios a la Industria y al Comercio Exterior, con fundamento en el Art. 4 de la LFPA; los Arts. 6 fracc. XIII; 24 (Actual Art. 25 fraccs. III, VIII y XV) del Reglamento Interior de la SE y quinto transitorio del Decreto por el que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y otras leyes federales, y


CONSIDERANDO

Que el Decreto por el que se modifican o se suprimen diversos aranceles de la TIGI, publicado el 31/XII/2000, en vigor desde el 1 de enero de 2001, modificó la descripción de las fracciones arancelarias 9802.00.01 a 9802.00.25 y suprimió las fracciones 9802.00.26 a 9802.00.68;

Que el nuevo texto de las fracciones arancelarias señaladas las vincula a los Programas de Promoción Sectorial, por lo que su aplicación ha generado inquietudes entre algunos sectores industriales que habían hecho los trámites conducentes conforme los textos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2000, y

Que corresponde a la SE, en el ámbito de su competencia, dar seguridad jurídica en la aplicación de tales modificaciones, expide los dos siguientes criterios:


Los permisos de importación a que se refieren los criterios anteriores serán expedidos por la Secretaría en un plazo no mayor a cinco días hábiles.

Los criterios anteriores no podrán aplicarse a las empresas que cuenten con Programa de Importación Temporal para producir artículos de Exportación, o con registro de Industria Maquiladora de Exportación.

Los permisos que se otorguen al amparo de los criterios 1 y 2 tendrán una vigencia hasta el 31/III/2001.

Publíquense en el DOF estos Criterios.

México, D.F., a 23 de enero de 2001.- El Subsecretario de Normatividad y Servicios a la Industria y al Comercio Exterior, Juan Antonio García Villa.- Rúbrica.

NOTAS:


-- Se sugiere ver el Artículo 2 del Acuerdo de Permisos Previos de la SE.
-- Los Criterios 4 y 5 (en color magenta) se adicionaron el 29/I/2004(Circular T-068/2004).
-- El Criterio 3 (en color azul) se adicionó el 24/V/2001(Circular T-372/2001).
-- Los Criterios 1 y 2 se publicaron el 30/I/2001.