El cobre refinado puede presentarse también en granallas, que se utilizan principalmente para la preparación de aleaciones o a veces para reducirlas a polvo. El polvo y las partículas de cobre se clasifican, sin embargo, en la partida 74.06.
Se clasifican igualmente en esta partida el llantón, barras, lingotes, etc., colados, moldeados o sinterizados, con la condición de que las operaciones a que hayan podido someterse después de su obtención no sean superiores a un tosco desbarbado, a un decapado por separación de la capa superficial (compuesta en su mayor parte de óxido de cobre), a un raspado, cincelado, amolado, etc., para eliminar defectos aparecidos como consecuencia de la solidificación o del moldeo o al trabajo de una cara con fines de inspección (control de calidad).
Los productos sinterizados se obtienen a partir de polvo de cobre o aleación de cobre o de polvo de cobre mezclado con polvo de otros metales, por presión (compresión) y sinterizado (calentado a una temperatura adecuada por debajo del punto de fusión de los metales). Sinterizados, los productos son porosos y con pocas calidades mecánicas y generalmente se laminan, estiran, forjan, etc., para conseguir una densidad adecuada. Estos productos laminados, etc., se excluyen (por ejemplo, partidas 74.07, 74.09).
Esta partida comprende igualmente las barras para alambrón y los tochos, apuntados o trabajados de otro modo en los extremos con el único fin de permitir la introducción en las máquinas que los transforman, por ejemplo, en alambrón o en tubos.
A reserva de las disposiciones anteriores sobre los trabajos que pueden hacerse en ellas después de la obtención, estas barras consisten especialmente en:
1°) Artículos comúnmente llamados formatos macizos (“jets”) de sección redonda, cuadrada o hexagonal, de una longitud que por lo general no es superior a un metro, obtenidos por colado de precisión en moldes especiales.
2°) Productos de mayor longitud obtenidos por colada continua; en este último procedimiento, el metal fundido pasa en forma continua por un molde refrigerado con agua.
Los formatos (“jets”) y las barras obtenidas por colada continua suelen destinarse a los mismos usos que las barras laminadas o estiradas.
74.04 DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE COBRE.
Las disposiciones de la Nota Explicativa de la partida 72.04 relativas a los desperdicios y desechos de hierro son aplicables mutatis mutandis a los de esta partida. Sin embargo, las cenizas y residuos de cobre se clasifican en la partida 26.20. Los desperdicios de cobre de esta partida comprenden principalmente los lodos del trefilado del cobre mezclados con los líquidos lubricantes utilizados durante el trefilado.
Se excluyen de esta partida los lingotes y formas similares brutas coladas a partir de desperdicios o desechos de cobre refundidos (partida 74.03).
74.05 ALEACIONES MADRE DE COBRE.
La Nota 1 c) del presente Capítulo da la definición de las aleaciones madre de cobre.
Las aleaciones madre de esta partida son aleaciones que contienen, además del cobre en una proporción superior al 10 % en peso, otros elementos, y que, por su composición, son demasiado frágiles para tener una metalurgia propia. Se emplean para aportar al latón, bronce o bronce al aluminio, otros elementos que tengan un punto de fusión más elevado que el de dichas aleaciones o sean muy oxidables (aluminio, cadmio, arsénico, magnesio, etc.) o sublimables a la temperatura de fusión o para facilitar la preparación de determinadas aleaciones por un aporte de elementos desoxidantes, desulfurantes o similares (por ejemplo, calcio).
El cobre se comporta como un disolvente de los demás elementos y el contenido de este metal debe ser suficiente para reducir la temperatura de fusión o las condiciones de oxidabilidad o de sublimación. Sin embargo, si el contenido de cobre es muy elevado, este metal diluye exageradamente los demás elementos que se van a introducir en la aleación. El contenido de cobre es generalmente de 30 % a 90 %, pero puede, en casos especiales, ir más allá, o no llegar a estos límites.
Esta partida no comprende pues el cuproníquel, aunque vaya a emplearse como aleación madre, dado que el cuproníquel se presta prácticamente, cualquiera que sean las proporciones de los componentes, al laminado y al forjado. En cuanto a las aleaciones tales como el cupromanganeso y el cuprosilicio, se presten o no a estas operaciones según las proporciones de los elementos constitutivos, sólo se clasifican aquí las que no pueden prácticamente laminarse ni forjarse.
Entre las aleaciones madre que se clasifican en esta partida, se pueden citar: las aleaciones de cobre con aluminio, berilio, boro, cadmio, cromo, hierro, magnesio, manganeso, molibdeno, silicio, titanio o con vanadio.
Las aleaciones madre de cobre se presentan generalmente en forma de masas pequeñas (bloques o tortas), fácilmente fraccionables, de varillas quebradizas o de granallas y tienen el aspecto de productos en bruto de fundición.
Las combinaciones de fósforo y cobre (fosfuros de cobre) con un contenido superior al 15% en peso de fósforo se clasifican en la partida 28.48.
74.06 POLVO Y ESCAMILLAS, DE COBRE.
7406.10 – Polvo de estructura no laminar.
7406.20 – Polvo de estructura laminar; escamillas.
Esta partida comprende el polvo de cobre definido en la Nota 8 b) de la Sección XV y las partículas de cobre, con excepción sin embargo del cobre de cementación (cobre precipitado) que se clasifica en la partida 74.01. Salvo lo dispuesto en la Nota 7 de la Sección XV, esta partida comprende el polvo de cobre mezclado con polvo de otros metales comunes (principalmente el polvo llamado de bronce que consiste en una simple mezcla de polvo de cobre con polvo de estaño).
El polvo de cobre se obtiene principalmente por deposición electrolítica o por pulverización de un chorro de metal fundido a través de un orificio estrecho bajo una corriente perpendicular de agua a presión, de vapor, de aire o de otros gases.
Además de estos dos métodos principales, el polvo de cobre puede obtenerse también en escala más pequeña, por reducción gaseosa de óxidos finamente divididos, por precipitación de determinadas disoluciones o por molido fino de sólidos. El polvo de estructura laminar y las partículas se obtienen generalmente moliendo hojas delgadas. La forma laminar puede distinguirse a simple vista o con lupa para las partículas y solamente al microscopio para los verdaderos polvos.
El procedimiento de fabricación utilizado para la obtención de dichos productos determina las dimensiones y la forma (que puede ser más o menos irregular, globular, esférica o laminar). El polvo de estructura laminar suele ser brillante y contiene generalmente trazas de las materias grasas o céreas (principalmente ácido esteárico o parafina) utilizadas durante la fabricación.
El polvo se utiliza para fabricar cojinetes, manguitos y otros componentes técnicos por compresión o sinterización. Se utiliza también como reactivo químico o metalúrgico, en soldadura, en la preparación de ciertos cementos especiales, para el revestimiento de superficies no metálicas como soporte para la galvanoplastia, etc. El polvo laminar se utiliza principalmente como pigmento metálico en la fabricación de tintas y de pinturas. Las partículas se utilizan directamente como colores metálicos por pulverización seca, por ejemplo, sobre una capa de barniz.
Se excluyen, además, de esta partida:
a) Determinados productos llamados bronces u oros, que se presentan generalmente en forma de partículas o de polvo y se utilizan en la fabricación de colores, pero que consisten de hecho en compuestos químicos, tales como ciertas sales de antimonio, el sulfuro estánnico, etc. (Capítulo 28 o Capítulo 32, si se presentan en forma de pinturas preparadas).
b) El polvo y partículas que constituyan colores o pinturas preparados, tales como los asociados con materias colorantes o presentados en suspensión, dispersión o en pasta con un aglomerante o un disolvente (Capítulo 32).
c) Las granallas de cobre (partida 74.03).
d) Las lentejuelas de la partida 83.08.
74.07 BARRAS Y PERFILES, DE COBRE.
7407.10 – De cobre refinado.
– De aleaciones de cobre:
7407.21 – – A base de cobre-cinc (latón).
7407.22 – – A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca).
7407.29 – – Los demás.
Las barras se definen en la Nota 1 d) de este Capítulo y los perfiles en la Nota 1 e).
Estos productos se obtienen habitualmente por laminado, extrusión o estirado, pero a veces por forjado con prensa o martillo. Pueden estar terminados en frío (en su caso, después de recocidos), por estirado, enderezado o por otros métodos que le confieren un mejor acabado. Pueden estar también trabajados (perforados, retorcidos u ondulados), siempre que estos trabajos no le confieran el carácter de artículos o manufacturas comprendidos en otra parte. Permanecen también clasificados en esta partida los perfiles cerrados (perfiles huecos). Están también comprendidos en esta partida los tubos de aletas obtenidos por extrusión. Sin embargo, se excluyen los tubos en los que las aletas hayan sido añadidas, por ejemplo, soldándolas (partida 74.19, generalmente).
Las barras y varillas obtenidos por moldeo (incluidos los productos llamados formatos (“jets”) y las barras obtenidas por colada continua) o por sinterizado, se clasifican en la partida 74.03, siempre que no hayan recibido después de la obtención un trabajo superior a un tosco desbarbado o a un decapado. Las que hayan recibido un trabajo más avanzado quedan clasificadas en esta partida, siempre que este trabajo no les confiera el carácter de artículos o manufacturas de otras partidas.
Las barras para alambrón y las varillas apuntadas o trabajadas de otro modo en los extremos con el único fin de facilitar la introducción en las máquinas que las transforman, por ejemplo, en alambrón o en tubos se clasifican, sin embargo, en la partida 74.03.
74.08 ALAMBRE DE COBRE.
– De cobre refinado:
7408.11 – – Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 6 mm.
7408.19 – – Los demás.
7408.21 – – A base de cobre-cinc (latón).
7408.22 – – A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca).
7408.29 – – Los demás.
El alambre se define en la Nota 1 f) del presente Capítulo.
El alambre se obtiene por laminado, extrusión, estirado o trefilado y se presenta siempre enrollado. Las disposiciones del segundo párrafo de la Nota Explicativa de la partida 74.07 son aplicables mutatis mutandis.
Esta partida no comprende:
a) Los hilos de bronce estériles para suturas quirúrgicas (partida 30.06). b) Los hilados metálicos y los hilados metalizados de la partida 56.05. c) Los cordeles y cuerdas armados (partida 56.07). d) Los cables y demás artículos de la partida 74.13. e) Los alambres y varillas recubiertas para soldadura o deposición de metal (partida 83.11). f) Los alambres aislados para electricidad (incluidos los hilos laqueados) (partida 85.44). g) Las cuerdas armónicas (partida 92.09). 74.09 CHAPAS Y TIRAS, DE COBRE, DE ESPESOR SUPERIOR A 0.15 mm.
7409.11 – – Enrolladas.
7409.19 – – Las demás.
– De aleaciones a base de cobre-cinc (latón):
7409.21 – – Enrolladas.
7409.29 – – Las demás.
– De aleaciones a base de cobre-estaño (bronce):
7409.31 – – Enrolladas.
7409.39 – – Las demás.
7409.40 – De aleaciones a base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca).
7409.90 – De las demás aleaciones de cobre.
Esta partida comprende los productos definidos en la Nota 1 g) de este Capítulo cuyo espesor sea superior 0.15 mm.
Las chapas y tiras se obtienen generalmente por laminado en caliente o en frío de determinados productos de la partida 74.03; las tiras pueden también proceder del corte de chapa.
Estos artículos se clasifican en esta partida, incluso trabajados (por ejemplo: cortados de forma distinta de la cuadrada o rectangular, perforados, ondulados, acanalados, estriados, pulidos, revestidos, gofrados o redondeados en las aristas), siempre que estos trabajos no confieran a los productos el carácter de artículos o manufacturas comprendidos en otra parte (véase la Nota 1 g) de este Capítulo).
El espesor límite de 0.15 mm se calculará teniendo en cuenta la capa de revestimiento (barniz, etc.).
Se excluyen de esta partida:
a) Las hojas y tiras, delgadas de espesor inferior o igual a 0.15 mm (partida 74.10). b) Las chapas y tiras, extendidas (desplegadas) (partida 74.14). c) Las tiras aisladas para electricidad (partida 85.44).
– Sin soporte:
7410.11 – – De cobre refinado.
7410.12 – – De aleaciones de cobre.
– Con soporte:
7410.21 – – De cobre refinado.
7410.22 – – De aleaciones de cobre.
Esta partida comprende los productos definidos en la Nota 1 g) de este Capítulo de espesor inferior o igual a 0.15 mm.
Las hojas y tiras de esta partida se obtienen por laminado, batido o electrólisis. Se presentan en hojas muy delgadas, de espesor inferior o igual a 0.15 mm. Las hojas utilizadas para el dorado o falso iluminado, etc., se insertan generalmente entre hojas de papel dispuestas en librillos. Las demás hojas delgadas, principalmente el oropel, se colocan sobre papel, cartón, plástico u otros soportes similares para facilitar la manipulación o el transporte, o con vistas al manejo posterior, etc. Las hojas y tiras de esta partida pueden estar gofradas, recortadas (aunque no sea en ángulo recto), perforadas, revestidas (doradas, plateadas, barnizadas, etc.) o impresas.
El espesor límite de 0.15 mm se calculará teniendo en cuenta la capa de revestimiento (barniz, etc.), pero haciendo abstracción del espesor del soporte (papel, etc.).
a) Las hojas delgadas para marcado a fuego, que consisten en polvo de cobre aglomerado con gelatina, cola u otro aglutinante similar o en cobre depositado sobre una hoja de papel, de plástico u otro soporte y utilizadas para marcar las encuadernaciones, guarniciones interiores de sombreros, etc. (partida 32.12).
b) Las etiquetas en hojas de cobre impresas que constituyen artículos individuales identificables en razón de la impresión (partida 49.11).
c) Los hilados metálicos y los hilados metalizados de la partida 56.05.
d) Las chapas y tiras, de espesor superior a 0.15 mm (partida 74.09).
e) Las hojas delgadas acondicionadas como accesorios de árboles de Navidad (partida 95.05).
74.11 TUBOS DE COBRE.
7411.10 – De cobre refinado.
7411.21 – – A base de cobre–cinc (latón).
7411.22 – – A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca).
7411.29 – – Los demás.
Los tubos se definen en la Nota 1 h) de este Capítulo.
Las disposiciones de la Nota Explicativa de las partidas 73.04 a 73.06 son válidas mutatis mutandis para esta partida en cuanto al alcance y a los procedimientos de fabricación de los productos que comprende.
La mayor parte de los tubos de cobre no tienen soldadura, pero en algunos casos pueden obtenerse soldando los bordes de tiras o por otros métodos. Los tubos sin soldadura se obtienen generalmente por perforado y extrusión de un tocho para obtener un esbozo que se lamina o estira a través de una matriz de las dimensiones deseadas. En algunos casos, los tubos pueden extrudirse ya a la dimensión final sin estirado.
Los tubos de cobre tienen numerosas aplicaciones en la industria (principalmente en la fabricación de aparatos para cocer, calentar, enfriar, destilar, rectificar o evaporar) y se utilizan en la industria de la construcción para las conducciones de aprovisionamiento de agua o de gas para uso doméstico o general. Los tubos de condensadores de aleaciones de cobre se utilizan ampliamente en los barcos e instalaciones hidráulicas por su elevada resistencia a la corrosión, especialmente a la corrosión marina.
a) Los perfiles huecos, incluidos los tubos de aletas obtenidos por extrusión (partida 74.07). b) Los accesorios de tubería (partida 74.12). c) Los tubos con aletas aplicadas, por ejemplo, por soldadura (partida 74.19, generalmente). d) Los tubos flexibles (partida 83.07).
e) Los tubos transformados en manufacturas identificables clasificadas en otros Capítulos, principalmente los órganos de máquinas (Sección XVI).
74.12 ACCESORIOS DE TUBERIA (POR EJEMPLO: EMPALMES (RACORES), CODOS, MANGUITOS) DE COBRE.
7412.10 – De cobre refinado.
7412.20 – De aleaciones de cobre.
Las disposiciones de la Nota Explicativa de la partida 73.07 son aplicables mutatis mutandis a las manufacturas de esta partida.
a) Los pernos y tuercas utilizados en el montaje y ensamblado de tubos (partida 74.15).
b) Los accesorios de tubería con grifos, válvulas, etc. (partida 84.81).
74.13 CABLES, TRENZAS Y ARTICULOS SIMILARES, DE COBRE, SIN AISLAR PARA ELECTRICIDAD.
Las disposiciones de la Nota Explicativa de la partida 73.12 son aplicables mutatis mutandis a los artículos de esta partida.
Dada la elevada conductibilidad eléctrica del cobre, se utiliza corrientemente en la fabricación de alambres y cables eléctricos; quedan comprendidos aquí aunque tengan un alma de acero o de otro metal, siempre que el cobre predomine en peso (véase la Nota 7 de la Sección XV).
Sin embargo, esta partida no comprende los alambres y cables aislados para electricidad (partida 85.44).
74.14 TELAS METALICAS (INCLUIDAS LAS CONTINUAS O SIN FIN), REDES Y REJAS, DE ALAMBRE DE COBRE; CHAPAS Y TIRAS, EXTENDIDAS (DESPLEGADAS), DE COBRE.
7414.20 – Telas metálicas.
7414.90 – Las demás.
METALICAS CONTINUAS O SIN FIN)
Este grupo comprende igualmente las telas continuas o sin fin fabricadas generalmente con telas metálicas o enrejados, siendo un ejemplo característico el de las telas sin fin de enrejados utilizadas en las máquinas Fourdrinier para el desgotado de la pasta para papel. Por razones de orden técnico, los alambres de la urdimbre de las telas metálicas están generalmente constituidos por bronce fosforoso y los de la trama por latón. Cuando las telas y enrejados están combinados con otros dispositivos para formar piezas de máquinas, el conjunto así constituido sigue su propio régimen (en especial, Capítulo 84).